Hola, una entidad privada no contestó los 4 oficios judiciales que le he enviado (ni tampoco los mails que cursé al sector de Legales) y la información es de vital importancia para continuar con el proceso laboral ..
Veo que el art. 397 CPCC establece una multa para el caso que no contesten .. pero .. cómo se instrumenta? Se lo pido al juez al solicitar que libre un nuevo oficio reiteratorio? .. Le pido que se le imponga multa a la repartición privada? ..
Gracias
Veo que el art. 397 CPCC establece una multa para el caso que no contesten .. pero .. cómo se instrumenta? Se lo pido al juez al solicitar que libre un nuevo oficio reiteratorio? .. Le pido que se le imponga multa a la repartición privada? ..
Gracias