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  • JUICIO EJECUTIVO EXPENSAS - RECHAZO DE PAGO PARCIAL

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 #1258961  por Abogadogabriel
 
Buenas, espero que anden bien, tengo las siguientes dudas colegas:

A mi cliente le iniciaron un juicio ejecutivo de expensas. Todavia no me notificaron pero estan a punto.
Mi cliente tiene la intencion de pagar la deuda en cuotas, hable con la abogada del consorcio y lo rechazo totalmente.

Le recomende a mi cliente mientras tanto que pague las expensas nuevas actuales, por lo que lo hizo por transferencia bancaria, pero el consorcio le envio una CD rechazando el pago parcial de las expensas actuales (mes julio y agosto que estan fuera del certificado de deuda reclamado).

Estaba pensando una vez que me notifiquen en presentarme, reconocer la deuda, oponer excepcion de pago parcial y demostrar mediante mails y la CD la malicia que tiene el consorcio de no recibir los pagos.

Encontre jurisprudencia: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Sala: E. Autos: F. Y A., G. BEATRIZ C. CONS. DE PROP. RIVADAVIA ... Y AV. DE MAYO ... S/CONSIGNACIÓN DE EXPENSAS sobre admisibilidad del pago parcial y la buena fe.

Que me recomiendan al respecto??
 #1258983  por Abogadogabriel
 
DRalonso escribió: Jue, 20 Ago 2020, 13:54 ¿CONTESTASTES CD?

Todavia no me llego la CD. En base a su mail, me debería llegar a la brevedad.
Me informo por mail la abogada, que: "toda transferencia o pago parcial que realice su cliente en la cuenta del Consorcio será extraída de la misma y puesta a disposición de su cliente mediante CD para ser retirada en efectivo de la administración. "

¿PENSAS HACER CONSIGNACION JUDICIAL?

Opinas que deberia hacerlo? Espero a que me notifiquen de la ejecucion, o deberia presentar una consignacion judicial ahora?

¿LOCALIDAD?

(CABA)
 #1258992  por legalescom
 
Para evitar mayores costos y costas, yo, me allanaría a la demanda en los términos del Cód. Proc. Nacional (si fuera en Capital Federal): Art. 70. - No se impondrán costas al vencido:
1) Cuando hubiese reconocido oportunamente como fundadas las pretensiones de su adversario allanándose a satisfacerlas, a menos que hubiere incurrido en mora o que por su culpa hubiere dado lugar a la reclamación.

Invocaría razones de fuera mayor, devenidas de la pandemia, bla, bla. Si no te consideran allanado, en tiempo y forma, después de la sentencia, pedís audiencia, no recuerdo ahora el artículo, para coordinar, con el actor, la forma de pago de lo adeudado.
 #1258993  por Abogadogabriel
 
Si pense en Allanarme, tengo tiempo ya que aun no me notificaron la demanda, seguramente en los proximos dias (ya esta en PJN).

Y que haces con los nuevos periodos que estan venciendo y te estan rechazando el pago por CD?

Si los dejo sin pagar luego pediran ampliacion por nuevos periodos.

No harias una consignacion? alguna excepcion?
 #1258998  por legalescom
 
Si bien, te lo rechazan, pero no te lo devuelven, no te hagas problemas. Es más, yo seguiría transfiriendo los sucesivos pagos de expensas, que después, quieran o no, te lo tendrán que reconocer. Tampoco se pueden hacer tantos juicios, por tan pocos montos. Tratá de tomar una vía rápida y económica, tu cliente quiere pagar y tiene con que, buscá el camino más corto y expedito y vas a quedar muy bien con él.
 #1259003  por DRalonso
 
"Opinas que deberia hacerlo?" OBVIO

"Espero a que me notifiquen de la ejecución" NO! "o deberia presentar una consignacion judicial ahora?" MENOS! ES PREMATURO

CUANDO CONTESTES CD INTIMAS RECIBIR PAGOS DE BUENA VOLUNTAD "ACCIPIENS BONA FIDE", BUSCA MAS JURISPRUDENCIA, Y CUANDO TENGAS TU CD DEVUELTA INICIAS CONSIGNACION JUDICIAL; DEFENDERSE BIEN NO ES BARATO NI RAPIDO