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  • CARÁCTER DEL BIEN. PROPIO O GANANCIAL?

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 #1259147  por carpediem777
 
Buenas colegas, en una sucesión tengo que denunciar el carácter de un bien y se me presenta la sig. duda... una persona adquiere un automotor siendo de estado civil viudo, ése bien es propio o ganancial??? luego ésta persona también fallece y se me crea la duda si tengo que hacer la sucesión por los dos o por el titular que compró el automotor....
NOTA: el objetivo es hacer una partición y adjudicación privada para que uno de los 3 hermanos se adjudique el 100% automotor.- Los leo y gracias anticipadas!!

Código comentado:
"La extinción del régimen de comunidad implica el cese de la ganancialidad. Las adquisiciones posteriores, en principio, resultan personales y exclusivas de cada cónyuge. Pese a ello, la cesación de la ganancialidad reconoce excepciones respecto de determinados bienes: los adquiridos después de la extinción de la comunidad por permuta con otro bien ganancial, mediante la inversión de dinero ganancial o la reinversión del producto
de la venta de los gananciales
(art. 465, inc. f, CCyC); etc..."
 #1259158  por carpediem777
 
legalescom escribió: Lun, 24 Ago 2020, 12:36 Si adquirió el automotor, siendo viudo ¿de qué gananciales me hablas? ¿o no tenes, la menor idea, de lo que es un bien ganancial?
Gracias Legales por responder! Lo decía porque me puso en duda lo sig.: "la cesación de la ganancialidad reconoce excepciones respecto de determinados bienes: los adquiridos después de la extinción de la comunidad ..., mediante la inversión de dinero ganancial .. (art. 465, inc. f, CCyC)" y teniendo en cuanta que los bienes se presumen gananciales...ahí mi duda...
 #1259159  por carpediem777
 
legalescom escribió: Lun, 24 Ago 2020, 12:39 Tampoco, te explicas muy bien, por cuanto, al parecer, estarías hablando de dos causantes.
Gracias por responder Legales, en el post escribí: " una persona adquiere un automotor siendo de estado civil viudo, ése bien es propio o ganancial??? luego ésta persona también fallece"
Son dos causantes.-
 #1259160  por legalescom
 
¿Cómo dos causantes? Si el bien, lo adquirió siendo viudo, el primer causante es él, el otro, su ex cónyuge, no tiene nada que ver. ¿Acaso, cuando el viudo, adquirió el automotor, dijo en algún documento, que lo hiciera con dinero habido de su cónyuge?. No le busquemos cinco patas al gato.