Buenas tardes, les consulto a ver si ven viable algún tipo de reclamo: un hombre trabajó por 4 años para un call Center siendo su real empleadora una empresa de telefonía. Esta empresa de telefonía después de esos 4 años lo obliga a renunciar a la intermediaria y lo contrata directamente, y trabaja 3 años ahí. Hace unos días lo despide sin causa y lo indemniza solo por el tiempo que trabajó para ella. Puede reclamar los años que trabajó para la intermediaria? Lo veo deficil por qué renunció y por el tiempo que pasó desde la renuncia, pero les pregunto x si se me está escapando algo. Gracias
fede123 escribió: ↑Sab, 19 Sep 2020, 18:42 Esta empresa de telefonía después de esos 4 años lo obliga a renunciar a la intermediaria y lo contrata directamente, y trabaja 3 años ahí.¿que prueba tenes que lo obligó a renunciar a su empleador anterior? ¿al menos el lugar donde cumplía tareas es el mismo con ambos empleadores?
fede123 escribió: ↑Sab, 19 Sep 2020, 18:42 Puede reclamar los años que trabajó para la intermediaria? Lo veo deficil por qué renunció y por el tiempo que pasó desde la renuncia, pero les pregunto x si se me está escapando algo. GraciasEn un caso de falta total de registración en el periodo anterior lo vería procedente, ya que la incorrecta fecha de ingresó que figura en el art. 9 de la ley 24.013 es reconocido jurisprudencialmente como una deficiencia registral que enuncia la ley 25.323 en su art. 1, pero en este caso en particular si estuvo registrado a las ordenes de otro empleador, por lo que aun demostrando que la renuncia estuvo viciada no es seguro que te reconozcan la correspondiente indemnización agravada, hubo un caso muy similar en CNAT, al cual no puedo acceder ahora por estar caído el sistema, pero cuando sea posible lo comparto.