Hola a todos. Tengo que demandar a un organismo dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación. Que competencia le corresponde?
Yo estimo que según la ley 48 art. 2 inc. 6 es competente un juez federal ( ya que interviene el Estado). Y en este sentido lo podría iniciar ante el juez federal del domicilio del actor.
Bueno, espero sus opiniones que me serán de mucha utilidad. Muchas gracias
Yo estimo que según la ley 48 art. 2 inc. 6 es competente un juez federal ( ya que interviene el Estado). Y en este sentido lo podría iniciar ante el juez federal del domicilio del actor.
Bueno, espero sus opiniones que me serán de mucha utilidad. Muchas gracias
cordiales saludos.
Fernando
Fernando