Buenas tardes, los consulto ya que no tengo mucha experiencia en un caso como el siguiente (trataré de no omitir ningún dato relevante): Mi cliente es albañil. Fue contratado para realizar una obra especifica. La persona que lo contrató lo aseguró con una póliza de accidentes personales.
Sufrió un accidente con incapacidad y la aseguradora le dió un tratamiento básico y luego el alta. El tema es que la ASEGURADORA dice -de forma entendible- que el accidentado no tiene un seguro comprendido en la ley de riesgos, sino que es un mero seguro civil de accidentes personales. ( les aclaro que la aseguradora maneja todo tipo de pólizas: seguro de vida, art, responsabilidad civil), es federación patronal.-
La situación se me torna gris ya que ni siquiera es claro que haya un vinculo laboral o una locación de obra. Batallarían por la vía civil o iniciarían el expediente de determinación de incapacidad para empleados sin seguro??? desde ya gracias.-
Sufrió un accidente con incapacidad y la aseguradora le dió un tratamiento básico y luego el alta. El tema es que la ASEGURADORA dice -de forma entendible- que el accidentado no tiene un seguro comprendido en la ley de riesgos, sino que es un mero seguro civil de accidentes personales. ( les aclaro que la aseguradora maneja todo tipo de pólizas: seguro de vida, art, responsabilidad civil), es federación patronal.-
La situación se me torna gris ya que ni siquiera es claro que haya un vinculo laboral o una locación de obra. Batallarían por la vía civil o iniciarían el expediente de determinación de incapacidad para empleados sin seguro??? desde ya gracias.-