Hola Colegas! Consulta: Es un daños y perjuicios por daños en un auto (inundación en cochera), el cliente arreglo el auto. La sentencia de primera instancia me sale bastante favorable (solo no me da el daño moral) y establece la siguiente tasa de interés: Desde el daño hasta la pericia mecánica 6% anual (la cual establece que el arreglo fue conforme a mercado pero también establece cuanto saldría actualmente ese arreglo) tomando el valor actualizado del arreglo informado en la pericia y a partir de allí, tasa activa (Samudio). La verdad no logro saber si esto favorece o hay algo mejor. Yo apele ahora tengo que expresar agravios (del daño moral seguro) y no se si agraviarme de la tasa fijada o no...de acuerdo a si es conveniente esta o no. Alguien tiene idea? La Sala civil es le E. Gracias a todos!!!!