Puedo meter un pronto despacho, o en su defecto un amparo por mora, si ya tengo resolución de una jubilación favorable ( 3 resoluciones iguales y favorables) y no me liquidan el haber.
No entiendo mucho eso de las 3 resoluciones favorables. Parece que hubiese estado retenido.
¿De qué mes es la resolución?