Estimados,
Creo el thread para hacer una consulta.
Tengo un contrato de locación inmueble, del cual ya está dentro del segundo año del mismo, que quiero rescindir como locatario.
Estoy al tanto que tengo que dar aviso un mes antes y abonar un mes como indemnización. Pero la pregunta es: si yo aviso mediante CD el día 8/2 que me voy a partir del 8/3 (exactamente un mes después), me tienen que cobrar marzo completo + el mes de indemnización? O solo me van a cobrar el proporcional por esos 8 días que hice uso del departamento en marzo? Porque el CCyC no aclara tampoco esta cuestión.
Aclaro que el contrato no dice nada, se remite únicamente a "avisar con un mes de anticipación"; y el contrato se firmó a partir del 1/11/2019
Saludos y gracias desde ya.
Creo el thread para hacer una consulta.
Tengo un contrato de locación inmueble, del cual ya está dentro del segundo año del mismo, que quiero rescindir como locatario.
Estoy al tanto que tengo que dar aviso un mes antes y abonar un mes como indemnización. Pero la pregunta es: si yo aviso mediante CD el día 8/2 que me voy a partir del 8/3 (exactamente un mes después), me tienen que cobrar marzo completo + el mes de indemnización? O solo me van a cobrar el proporcional por esos 8 días que hice uso del departamento en marzo? Porque el CCyC no aclara tampoco esta cuestión.
Aclaro que el contrato no dice nada, se remite únicamente a "avisar con un mes de anticipación"; y el contrato se firmó a partir del 1/11/2019
Saludos y gracias desde ya.