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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1268082  por jeronimo_damian
 
Buenas días, quisiera saber si alguien me puede ayudar con el siguiente tema de SICAM.

Es un hombre que se jubilaría con la ley 24241, con mas de 40 años de aportes en autónomos desde 02/1977 hasta hoy. En AFIP salen todos los pagos.

Ahora bien, en el Historial de Categorias del SICAM solo figura desde 07/1993 hasta la actualidad, cuando el Padrón Histórico de Anses figura desde 02/1977.

AFIP se niega ROTUNDAMENTE a incorporar en la Historia de categorías del SICAM el periodo 02/1977 hasta 06/1993 aduciendo la RG 3062/2011, a pesar de que salen todos los pagos en el SICAM.

Como la persona se jubila SIN MORATORIA tengo entendido que tiene que coincidir el Historial de Categorias del SICAM con lo que se declara, conforme la prev ANSES 19-05 con vigencia 29-03-2019 y la circular ANSES 48/2013.

Si alguien me puede ayudar a resolver este tema se lo agradecería mucho.

Desde ya muchas gracias.
 #1268084  por MARIO1943
 
jeronimo_damian escribió: Vie, 12 Feb 2021, 12:08 Buenas días, quisiera saber si alguien me puede ayudar con el siguiente tema de SICAM.

Es un hombre que se jubilaría con la ley 24241, con mas de 40 años de aportes en autónomos desde 02/1977 hasta hoy. En AFIP salen todos los pagos.

Ahora bien, en el Historial de Categorias del SICAM solo figura desde 07/1993 hasta la actualidad, cuando el Padrón Histórico de Anses figura desde 02/1977.

AFIP se niega ROTUNDAMENTE a incorporar en la Historia de categorías del SICAM el periodo 02/1977 hasta 06/1993 aduciendo la RG 3062/2011, a pesar de que salen todos los pagos en el SICAM.

Como la persona se jubila SIN MORATORIA tengo entendido que tiene que coincidir el Historial de Categorias del SICAM con lo que se declara, conforme la prev ANSES 19-05 con vigencia 29-03-2019 y la circular ANSES 48/2013.

Si alguien me puede ayudar a resolver este tema se lo agradecería mucho.

Desde ya muchas gracias.
CARGAS EL SICAM DESDE EL 2/1977 HASTA EL 6/93, TE FIJAS SI HAY ALGUNA DEUDA EN ESE PERIODO Y LO RENUNCIAS FIJATE TAMBIEN SI EN EL SICAM TIENE NUMERO DE CTA ASOCIADO