Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DEMANDA CONTRA HOSPITAL PROVINCIAL COMO SOLIDARIAMENTE RESPONSABLE -

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1270226  por Flavonte
 
Estimados, voy contra la constructora y el Hospital que depende del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires como solidariamente responsable. Tengo dudas respecto del fuero donde presentar la demanda. Si alguien me puede ayudar, estaré agradecida. Saludos!
 #1270256  por ClaudioFer
 
No aclarás nada en cuanto al objeto del pleito. Debemos adivinar que se trata de materia laboral (vaya a saberse en qué concepto) porque incluiste tu consulta en el foro de dicha materia. Si es así, si la controversia se funda en la aplicación de normativa de derecho del trabajo, el fuero competente es el laboral.
 #1270261  por ClaudioFer
 
Agrego que, en correspondencia con lo dicho, que el Código Contencioso Administrativo de la PBA, ley 12.008, establece la exclusión de la competencia de la justicia Contencioso Administrativa:
“ARTICULO 4: No corresponden a la competencia de los tribunales contencioso administrativos las siguientes controversias:
1.- Las que se encuentren regidas por el derecho privado o por las normas o convenios laborales”.
https://www.argentina.gob.ar/normativa/ ... ualizacion
 #1270263  por ClaudioFer
 
Paralelamente, ya con relación a la ley 11.653 de procedimiento laboral y su predecesora 7166 (derogada la primera por la ley 15.057), se había resuelto al respecto (cuando aun no existía el fuero Cont. Adm. y era tal materia de competencia originaria de la SCBA) que:
“El principio general que se debe adoptar es el de considerar la competencia de los tribunales del trabajo locales, cuando la cuestión se rige por las disposiciones de una convención colectiva de trabajo” (SCBA, 7/7/92, B 54.563, "Saltalamacchia de Ruffo, Susana O., c. DEBA, s. acción declarativa", JUBA).
Y que "No es de competencia originaria y exclusiva de la Suprema Corte conocer y decidir los conflictos que se susciten en torno a la relación de empleo que los agentes del Banco de la Provincia mantienen con esa institución, en la medida en que la pretensión de los actores se fundamenta en normas del derecho laboral. Ello determina el reconocimiento de la competencia de los tribunales de ese fuero" (SCBA, 25/2/92, B 54.122, "Almada, Víctor, c. Banco de la Provincia, s. cuestión de competencia", JUBA).
Citados por Fernando Rivera, Código de procedimiento laboral de la Provincia de Buenos Aires, LexisNexis, p. 36.