Buenos días,
Tengo una duda a ver si me podéis arrojar algo de luz.
Una comunidad de propietarios contrata el servicio de limpieza con la empresa A. A su vez, esta empresa A, subcontrata dicha limpieza con la empresa B. Es la empresa B la que pone a disposición los trabajadores de limpieza.
La comunidad de propietarios, después de un tiempo, adjudica el servicio de limpieza a la empresa C.
Mi pregunta es si la empresa C tiene que subrogar al personal de la empresa B o como la comunidad de propietarios suscribió el contrato inicial con la empresa A, no habría obligación de subrogación por parte de la empresa C respeto del personal de la empresa B.
Muchas gracias y un saludo.
Tengo una duda a ver si me podéis arrojar algo de luz.
Una comunidad de propietarios contrata el servicio de limpieza con la empresa A. A su vez, esta empresa A, subcontrata dicha limpieza con la empresa B. Es la empresa B la que pone a disposición los trabajadores de limpieza.
La comunidad de propietarios, después de un tiempo, adjudica el servicio de limpieza a la empresa C.
Mi pregunta es si la empresa C tiene que subrogar al personal de la empresa B o como la comunidad de propietarios suscribió el contrato inicial con la empresa A, no habría obligación de subrogación por parte de la empresa C respeto del personal de la empresa B.
Muchas gracias y un saludo.