Estimados, soy nuevo en la profesión. Me llego un caso de laboral con los telegramas ya cursados a la empleadora ya Afip. Allí se reclamó diferencias salariales, se intimó al pago de las mismas. Se encuadró en art8 y 15 ley 24013 y art.2 ley 25.323
Mi duda surge porque la relación laboral estaba sin registrar, pero nunca se intimó al registro y solo se reclamó por diferencias salariales, dándose por finalizado el vinculo laboral ya que el trabajador hacia 2 meses que no asistía, luego del despido verbal.
Realmente no se si es viable el reclamo por diferencias salariales, si no se reclamo la registración.
Por otra parte, puedo volver a intimar a la empleadora agregando la parte de registración?
No se si sea relevante pero el despido verbal se produjo en julio de 2020 y el reclamo de diferencias salariales se cursó en diciembre de 2020.
Cualquier orientación es de mucha ayuda, agradezco desde ya.
Mi duda surge porque la relación laboral estaba sin registrar, pero nunca se intimó al registro y solo se reclamó por diferencias salariales, dándose por finalizado el vinculo laboral ya que el trabajador hacia 2 meses que no asistía, luego del despido verbal.
Realmente no se si es viable el reclamo por diferencias salariales, si no se reclamo la registración.
Por otra parte, puedo volver a intimar a la empleadora agregando la parte de registración?
No se si sea relevante pero el despido verbal se produjo en julio de 2020 y el reclamo de diferencias salariales se cursó en diciembre de 2020.
Cualquier orientación es de mucha ayuda, agradezco desde ya.