Hola. La base economica para regular honorarios en el juicio sucesorio es el valor total del acervo hereditario, o sea el valor de los bienes que se transmiten por sucesion. Al terminar la declaratoria de herederos, ese valor de los bienes no esta determinado. Se determina cuando se aprueban las operaciones de inventario, avaluo y particion, o cuando el juez homologa la particion privada presentada por todos los herederos mayores y capaces. Por eso, me parece correcto que el tribunal haya regulado en ius, porque todavia la base economica no esta determinada. Pero entiendo que esa regulacion en ius no es definitiva, opino que conservas tu derecho a pedir una regulacion complementaria en el momento en que se determine el valor de los bienes que se transmiten por sucesion.