Buenos dias a todos. Acabo de obtener la aprobación de la liquidación presentada en una ejecución de juicio de reajuste. La misma fue presentada en febrero de 2020. ANses la impugnó, respondí dicha impugnación y pasó a despacho en agosto 2020. En diciembre 2020 muere la titular, situación que no pude acreditar porque el expediente estuvo a despacho hasta ayer. Ahora debo acreditar la defunción y presentar declaratoria de herederos porque no hay pensionado, de hecho el reajuste es de la pensión. Quisiera saber si alguien tendrá un modelo de escrito, y la consulta es si el retroactivo regulado el cual seguramente tendré que embargar, debe ir a una cuenta que el abogado de la sucesión debe pedir abrir en el sucesorio??? el mismo tramita en provincia. Perdón las dudas pero es la primera vez que me pasa esto. Gracias
Si, al existir herederos Anses no va a pagar voluntariamente.
Vas a tener que cobrar por embargo y luego se transfiere desde la cuenta del reajuste a la cuenta que se abrió en la sucesión.
Allí se paga tasa de justicia y cobran los herederos.
Por las dudas denunciá el crédito en la sucesión, andá abriendo la cuenta y pedí que se libre oficio a la Anses para que deposite en ella la suma que se liquide. No lo van a hacer, pero lo del oficio es una formalidad que suelen exigirte y hasta Anses lo plantea en el reajuste.
Una vez que cobren vas a tener que hacer una liquidación complementaria por intereses entre la fecha de corte de la primera y la fecha en que se embargó o se transfirió el dinero a la sucesión (en este último caso, la fecha de corte depende de cada juzgado).