Buenas tardes, tengo una consulta. ¿Se puede abonar solo el concepto de aporte de un periodo antiguo? (por ejemplo el mes de mayo del año 2006) de ser así, ¿como se hace?, ¿a través de un vep?. Una mujer que esta en condiciones de jubilarse debe unos periodos antiguos pero no puede abonar la deuda total, necesitaría ayuda para saber si solo puede abonar el concepto aporte y si puede usarse luego para presentar la jubilación. Muchas gracias
A partir del 07/2004, según la Res. 555 se paga así el monotributo:
Período desde el 07/2004 a la actualidad
Capital
Form.155
Impuesto 021
Concepto 019
Sub-concepto 086 (EN REALIDAD ES CODIGO 078)
Intereses resarcitorios
Form. 155
Impuesto 021
Concepto 019
Sub-concepto 051