Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Período en situación de revista que desaparece

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1301492  por Rafaela1970
 
Buenas tardes, me pasa algo muy raro: Se trata de un caso en que no se registra la inscripción autónoma y pude cargar en la situación de revista el período pagado (y sin inscripción) desde 10/2000 hasta 06/2004, pero cuando cargo 07/2004 a 02/2007, que también se encuentra pagado y cuyos pagos figuran en el SICAM, no me aparece ninguna leyenda que impida la carga de este período pero cuando liquido la deuda no aparece el mismo. O mejor dicho, desaparece de la situación de revista y obviamente también del detalle de deuda. Sólo se refleja el tramo 10/2000 a 06/2004. ¿Alguien tiene idea de por qué sucede esto?
 #1301558  por PREV86
 
Porque en 07/2004 se constituyó la AFIP
Aduana Previsional y la DGI
por eso el CCMA deja calcular a partir de julio 2004
El periodo pagado de 2000 a junio de 2004 no lo fiscaliza Afip

asi como está no te va a servir
aunque lo pongas en sit de revista

Sin inscripcion en PUC no te lo van a tomar en ANSeS
tiene que tener inscripcion en el padron unico de contribuyente

Si puede, con pruebas mediante en AFIP solicitar un alta retroactiva
para que figure inscripto y ahi podrias considerar esos aportes
pero sin inscripcion imposible
 #1301710  por Rafaela1970
 
Gracias por contestarme. Respecto a lo que decís, transcribo respuestas de Mario y Lucky en otros posteos y sí es factible cargar períodos pagados que no figuran inscriptos. Pero el problema es otro: Declaro el período en la situación de revista sin inconvenientes y luego de hacer la liquidación, veo que el período 07/2004 a 02/2007 desaparece de la situación de revista y de toda la liquidación...

CIRCULAR GP Nº 58/10
PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS COMPROBACIÓN DE SERVICIOS CON APORTES EFECTUADOS
Dado que se facultó a la Gerencia Diseño de Normas y Procesos dependiente de la Subdirección de Administración para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N Nº 555/10 (Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado invoca aportes realizados en tiempo y forma, mediante la presentación de las boletas de aportes originales que respalden lo indicado en la situación de revista del SICAM, son considerados como prueba suficiente de servicio, en tanto estén incluidos en el formulario (historia de pagos) que emite el SICAM.
En consecuencia, no resultará necesario que el afiliado concurra a la Agencia de AFIP, para comprobar los períodos donde figuran los aportes realizados en tiempo y forma, ya que los cuales se consideran prueba fehaciente de la actividad y de la categoría efectuada, por aplicación supletoria del apartado 7.6. (Ampliación de Servicios) del item 4 (Verificación del Derecho) del capítulo VI (Acreditación de Servicios) del Anexo de la Resolución D.E.-N Nº 555/10.
---------- . -----------
La circular48/13 reemplazó a la 58/10 (acá exigían las boletas de pago). Y eliminó el requisito de presentar las boletas.
La 48/13 dice que "si el afiliado invoca aportes realizados en tiempo y forma que respalden lo indicado en la situación de revista del Sicam, son considerados como prueba suficiente de servicio, en tanto están incluidos en la pestaña historia de pagos que emite el sicam".
 #1301953  por MARIO1943
 
TENES QUE PEDIR A LA AFIP, VIA WEB , PARA QUE TE CARGUEN LOS PERIODOS PAGOS INVOCANDO LA CIRCULAR, SI VOS
HACES EL CORTE A PARTIR DEL 7/2004, CUANDO LIQUIDAS TE SALE LA LEYENDA QUE NO HAY PERIODOS INFORMADOS EN SIT DE REVISTA Y TE PIDE QUE LOS CARGUES, LOS CARGAS Y TE LO SIGUE BORRANDO
 #1301960  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió: Vie, 12 Nov 2021, 10:10 TENES QUE PEDIR A LA AFIP, VIA WEB , PARA QUE TE CARGUEN LOS PERIODOS PAGOS INVOCANDO LA CIRCULAR, SI VOS
HACES EL CORTE A PARTIR DEL 7/2004, CUANDO LIQUIDAS TE SALE LA LEYENDA QUE NO HAY PERIODOS INFORMADOS EN SIT DE REVISTA Y TE PIDE QUE LOS CARGUES, LOS CARGAS Y TE LO SIGUE BORRANDO
PARA QUE SALGA LA LEYENDA QUE TE DIJE, SOLO EN SIT DE REVISTA, TIENE QUE HABER PERIODOS A PARTIR DEL 7/2004, SI HAY PERIODOS INFORMADOS ANTES, NO SALE NINGUNA LEYENDA, DIRECTAMENTE TE LOS BORRA
 #1305079  por MARIO1943
 
SI BIEN ES CIERTO ESE PERIODO NO ES COMPETENCIA DE ANSES, PERO NO TE QUEDA OTRA QUE MANEJARLO CON AFIP, TE DOY LOS FUNDAMENTO
1)NORMATIVA SICAM
PASO 7: PESTAÑA "Situación de Revista":
Si es la primera liquidación que realiza deberá indicar cuales han sido sus actividades como autónomo/monotributista, indicando el período de inicio y de cese de las mismas. Esto lo podrá hacer seleccionando el botón "Nuevo", el que le desplegará una ventana en la que deberá indicar los datos necesarios.
La situación de revista correspondiente al período 07/2004 en adelante no puede ser modificada ni eliminada a través del Sicam, ya que el sistema refleja los datos que se encuentran informados en el padrón para dicho contribuyente. Por este motivo, en caso de que alguno de los datos sea incorrecto, deberá realizar su modificación en la dependencia.
Cumplidos estos pasos, para visualizar la modificación realizada, deberá presionar el botón "Actualizar Situación de Revista a partir del período 07/2004".
2) EL INSTRUCTIVO GENERAL 1194/11
ESTABLECE QUE ES COMPETENCIA DE AFIP SOLO LOS PERIODOS PRESCRIPTOS, POR ESO SI HAY QUE HACER ALGUNA MODIFICACION EN SIT DE REVISTA , EL TITULAR HARA LA MODIFICACION EN EL SICAM Y SERA ANSES EN APROBARLO, PERO SE OLVIDARON DE DESBLOQUEAR LA SIT DE REVISTA A PARTIR DEL 7/2004
3)POR ESA RAZON NO TE QUEDA OTRA QUE MEDIANTE F 206, PIDA LA INCORPORACION DE ESOS PERIODOS EN AFIP