Buen día, tengo una duda sobre esto. No sé que código debo poner en impuesto: 308 (aportes) o 358 (contribuciones)? o ambos? y cómo divido el importe para cada código. Transcribo las indicaciones de AFIP que no aclara ese tema:
2- PERÍODOS POSTERIORES a 06/1994 y ANTERIORES a 07/2004
1. Seleccionar la CUIT del contribuyente que desea abonar.
2. Organismo Recaudador: seleccionar "AFIP".
3. Grupos de tipos de pagos: seleccionar "OTROS PAGOS".
4. Tipo de pago: seleccionar "AFIP - OTROS PAGOS".
5. Seleccionar los siguientes ítems;
Impuesto: Aportes (308) o Contribuciones (358)
Concepto: Obligación mensual/anual (19)
Subconcepto:
Capital: Obligación mensual/anual (19) o
Intereses Resarcitorios (051)
En caso de realizar el pago en una entidad de cobro habilitada mediante la utilización de tarjeta de débito, en reemplazo del VEP se deberá utilizar el F. 799/E que podrá obtener ingresando aquí.
Fuente: AFIP
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AFIP Consultas Frecuentes
2- PERÍODOS POSTERIORES a 06/1994 y ANTERIORES a 07/2004
1. Seleccionar la CUIT del contribuyente que desea abonar.
2. Organismo Recaudador: seleccionar "AFIP".
3. Grupos de tipos de pagos: seleccionar "OTROS PAGOS".
4. Tipo de pago: seleccionar "AFIP - OTROS PAGOS".
5. Seleccionar los siguientes ítems;
Impuesto: Aportes (308) o Contribuciones (358)
Concepto: Obligación mensual/anual (19)
Subconcepto:
Capital: Obligación mensual/anual (19) o
Intereses Resarcitorios (051)
En caso de realizar el pago en una entidad de cobro habilitada mediante la utilización de tarjeta de débito, en reemplazo del VEP se deberá utilizar el F. 799/E que podrá obtener ingresando aquí.
Fuente: AFIP
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