Buen día colegas, planteo la siguiente inquietud:
Inmueble de dos pisos con su entrada independiente a cada piso y departamento respectivo, se escrituró como condominio indiviso aclarando en dicha escritura la parte que correspondía a cada heredero. Años después se logra hacer unidades funcionales independientes en catastro municipal. Ahora uno de los condóminos desea vender su departamento que según el CCCN lo puede hacer sin el consentimiento del otro condómino pero entiendo que solo podrá vender sus derechos posesorios ya que para realizar la escritura traslativa de dominio deberá iniciar previamente juicio de división del condominio. Lo que me genera duda es si solo puede vender sus derechos al estar el condominio.
Agradeceré sus opiniones.
Inmueble de dos pisos con su entrada independiente a cada piso y departamento respectivo, se escrituró como condominio indiviso aclarando en dicha escritura la parte que correspondía a cada heredero. Años después se logra hacer unidades funcionales independientes en catastro municipal. Ahora uno de los condóminos desea vender su departamento que según el CCCN lo puede hacer sin el consentimiento del otro condómino pero entiendo que solo podrá vender sus derechos posesorios ya que para realizar la escritura traslativa de dominio deberá iniciar previamente juicio de división del condominio. Lo que me genera duda es si solo puede vender sus derechos al estar el condominio.
Agradeceré sus opiniones.