Son varias las situaciones en las que puede encuadrar.
Te pego el link para el decreto 460/99
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... /norma.htm
Igualmente, si no llegara a tener derecho en cualquiera de las situaciones contempladas en el decreto, podría tener derecho a la pensión vía judicial (fallos Pinto, Tarditti, García Cancino).