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  • accidente o enfermedad profesional por hernia de disco

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #152675  por Verónica Marí­a
 
tengo un cliente que me vino a ver en noviembre porque lo despidieron verbalmente. como le pagaban una parte en negro reclamé por la 24.013 y se fue sucediendo el intercambio hasta ahora en donde le mandé TCL de despido indirecto pero no lo recibieron a la carta. Ahora se las voy a reiterar. De la parte del reclamo por despido tengo todo prolijo pero tengo dudas sobre otro problema que tiene.
Desde noviembre que estaba con dolores de espalda por las tareas de esfuerzo que hacía. En enero le diagnostican hernia de disco. en Febrero intimé a la ART para que otorgue las prestaciones de la 24557. No la contestaron. Igual la voy a reiterar porque mi cliente puso mal el domicilio. En el telegrama pongo enfermedad profesional y no accidente porque todavía no tenía diagnosticado hernia de disco. Además tampoco puedo poner accidente laboral porque la hernia fue en enero cuando ya había dejado de prestar tareas porque estabamos con el intercambio telegráfico. la Hernia de disco todos la toman como un accidente laboral pero en este caso no lo puedo denunciar como accidente porque no estaba trabajando en ese momento. Como puedo encararar el asunto y que comunicaciones tengo que seguir dirigiendo?. Que está relacionado con el trabajo es evidente porque le hacían levantar rollos textiles de no sé cuantos kilos.
Es necesario intimar a la ART o puedo hacer que se atienda todo por médico particular y después lo reclamo judicialmente vía inconstitucionalidad de la LRT?. Help.

 #152893  por Rafaela
 
Hola Vero! Como va eso? A ver si te purdo dar una manito desde mi humilde lugar.... Hace un tiempo cayó un cliente con un problema similar, trabajador rural con hernia de disco. Sólo que el empleador actuó con alevosa mala fe y lo despidió estando enfermo. Por este motivo (y porque mi cliente carece de los medios económicos para trasladarse a controles de la ART -estamos en un pequeño pueblo y hay que ir a Rosario, a 170 km de aca-) intenté la inconstitucionalidad de la LRT, basándome en muchísima jurisprudencia y en un trabajo respecto al tema de GRISOLÍA. La jurisprudencia ha demostrado que los planteos bien fundados de inconstitucionalidad de la LRT marchan muy bien, además el reclamo civil es obviamente mucho más amplio en consecuencia. El empleador respondería por daños y perjuicios y agravio moral. Y no sé qué exigencias tiene la LRT -sobre si el accidente debió producirse estando el empleado trabajando o basta que sea consecuencia directa del trabajo, por más que se haya mostrado después-, pero me parece que si planteas la inconstitucionalidad y vas por la vía civil, puede andar muy bien "La Teoría del Riesgo" del art. 1113 C.Civil. Si queres, dejame tu mail que te paso la demanda que hice. Saludos.