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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1417717  por lex30
 
Buenas tardes. Consulto con respecto a la jubilacion anticipada. Los cambios que se hicieron fueron con respecto a la maternidad y desempleo pero hay algo nuevo con respecto a poder tomar años de aportes con moratoria? Un hombre me lo dijo muy convencido y me descoloco.
 #1418895  por MARIO1943
 
lex30 escribió: Jue, 10 Mar 2022, 19:21 Buenas tardes. Consulto con respecto a la jubilacion anticipada. Los cambios que se hicieron fueron con respecto a la maternidad y desempleo pero hay algo nuevo con respecto a poder tomar años de aportes con moratoria? Un hombre me lo dijo muy convencido y me descoloco.
SI BIEN ES CIERTO QUE LA LEY ES MUY CLARA Y DICE AQUELLAS PERSONAS QUE HAN APORTADOS TODA SU VIDA 30 AÑOS DE APORTES, O SEA QUE NO LE DEBAN NADA AL GOBIERNO
ME DESCONCIERTA LO QUE PUBLICO PERFIL Y NO DA LA FUENTE, COMO LO DEBEMOS TOMAR

Vale recordar que, entre los requisitos fundamentales para jubilarse las mujeres pueden hacerlo a partir de los 60 años y los hombres a partir de los 65 años (algunos regímenes permiten que se jubilen antes de esta edad, por ejemplo construcción, choferes, maestras , etc), y deben contar con 30 años de aportes.

Sin embargo, si por alguna razón el aportante no llega a completar esos 30 años de aportes existen moratorias vigentes como

La LEY 24476 que abarca hombres y mujeres, en esta se pueden regularizar aportes desde los 18 años de la persona, hasta el año 1993 y
la LEY 26970 que abarca solo mujeres hasta 65 año de edad, que regulariza desde los 18 años de la persona, hasta el año 2003.
Recientemente, Anses dispuso que 300.000 mujeres puedan jubilarse con el nuevo Programa de Reconocimiento por Tareas de Cuidado. Ese beneficio propone computar un año de aporte por cada hijo que haya tenido, dos años si el hijo es adoptado, y adicionales de 1 año si el hijo tiene discapacidad y dos años si cobro AUH durante 12 meses.
 #1419117  por lasflores
 
Buenas noches, tengo la incertidumbre si el servicio militar si se considera para completar los 30 años de la PAD.
Gracias,
Saludos
 #1419556  por lucky
 
lasflores escribió:Buenas noches, tengo la incertidumbre si el servicio militar si se considera para completar los 30 años de la PAD.
Gracias,
Saludos
El servicio militar no se computa. Las únicas excepciones al requisito de servicios efectivos son: haber cobrado prestación por desempleo y la licencia por maternidad.
Agregaron también las moratorias de regularización de deudas previsionales en tanto estén canceladas antes del 30 de junio de 2021.