Buenas colegas. Voy a resumir una situación. Vivienda a nombre de los padres. 6 hermanos. Los padres fallecen. 5 se van a vivir a otro lugar y el 6 vive ahí con su familia por 20 años. Inicia proceso de usucapion. Los hermanos se presentan en el proceso e inician sucesión. En el Juzgado en dónde radica la usucapion piden hacer arreglo o continuar con la sucesión. La cuestión es que hay acuerdo. En 20 días es la audiencia. Mi consulta es:
En el proceso donde se toma la audiencia. Se labra acta de acuerdo de compra de los hermanos al 6. Ese acuerdo homologado, lo puede presentar a futuro en la sucesión abierta y continuarla él solo? O debe hacerse si o si una cesión? Como sería el procedimiento? Desde ya, mil gracias.
En el proceso donde se toma la audiencia. Se labra acta de acuerdo de compra de los hermanos al 6. Ese acuerdo homologado, lo puede presentar a futuro en la sucesión abierta y continuarla él solo? O debe hacerse si o si una cesión? Como sería el procedimiento? Desde ya, mil gracias.