SALVO QUE ESTE SR, ESTE RADICADO EN EL EXTRANJERO
SI ESTA RADICADO EN LA ARGENTINA, EL RECLAMO LO TENES QUE HACER EN ANSES, YA QUE LA DEDUCCION ESPECIAL DE $ 404.062, FIJADO POR AFIP SUPERA EL TOPE MAXIMO DE JUBILACION, PEDI QUE TE DIGAN CUAL ES EL FUNDAMENTO DE LA RETENCION , YA QUE LA JUBILACION MAXIMA ESTA POR DEBAJO DE LA DEDUCCION ESPECIAL, LA RETENCIONN DE GANANCIA CON EL TOPE FIJADO , NO ES ALCANZABLE A NINGUN JUBILADO
Ganancias y Bienes Personales Ganancias Sujetos Empleados y jubilados Deducción especial incrementada
Empleados y jubilados
Deducciones para disminuir el impuesto a ingresar.
Deducciones y desgravaciones
Deducción especial incrementada
Rentas devengadas desde enero 2023
No corresponderá retención alguna del impuesto a las ganancias cuando la remuneración bruta del mes que se liquida -a partir del 1 de enero de 2023- o el promedio de las remuneraciones brutas mensuales desde dicha fecha, a ese mes, el que fuere menor, no supere los $404.062, inclusive.
A tal efecto, los agentes de retención computarán, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada, de manera tal que la ganancia neta sujeta a impuesto quede igualada a CERO.
En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes que se liquida desde el 1 de enero de 2023 o el promedio de las remuneraciones brutas mensuales desde dicha fecha -el que fuere menor- supere los $404.062 y resulte inferior o igual a $466.017, los agentes de retención computarán, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada.