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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1473497  por benoct
 
Buenas tardes, consulta estoy liquidando y veo que si bien en datos personales está declarado el número de cuenta, no surge la situación de revista.
Puedo liquidar igual son periodos del 80/81? En sicam sí tengo los pagos.
O necesariamente debo solicitar modificacion de datos en Afip?
 #1473501  por lucky
 
Esos pagos los podés incorporar manualmente y renunciarlos si tienen deuda.
O incorporarlos y computarlos en caso de que estén completamente pagos (circ. 48/13).
Al ser períodos prescriptos se pueden excluir de la liquidación desde "ingreso de pagos faltantes" del sicam (circ. 22/13)
 #1473502  por benoct
 
Gracias Lucky, yo los querría incorporar ya que es una jubi. por moratoria 27705, para reducir la posterior deuda.
 #1473503  por lucky
 
Entonces tenés que liquidar por la 24241. Debe tener seguramente PHA.
Si es así, hay que liquidar desde la fecha de inicio hasta la de cese que aparezcan allí.
Renunciás a todo lo que tiene deuda y estos pagos, si están sin deuda, los aprovechás.
 #1473509  por MARIO1943
 
1) FIJATE EN EL PHA, SI EL NUMERO DE CUENTA ES EL MISMO QUE FIGURA EN EL SICAM, SI NO ES EL MISMO
LO TENES QUE ASOCIAR CON NOTA Y F 460
2)NO TE OLVIDES QUE TENES QUE LIQUIDAR POR LA LEY 24241 Y SI ESOS PERIODOS NO FIGURAN EN EL PUC AL CARGARLOS EN SIT DE REV. NO PODES LIQUIDAR POR LA 24241, PORQUE ESTAS MODIFICANDO EL PUC, NO OCURRE ESTO CUANDO LIQUIDAS POR LA 24476
3) DE NO FIGURAR EN EL PUC, TENDRIAS QUE HACER UNA NOTA AL AFIP, PARA QUE CARGUE EN EL PUC ESOS PERIODOS, YA QUE TENES QUE LIQUIDAR POR LA 24241