Estimados ¿Cómo están? Les traigo una duda extraña que se me presentó.
Tengo un cliente que por pifies de dobles pagos, tiene puchos de deuda en el monotributo y saldos dobles por otros lados. Mi idea es reafectar cuanto sea posible por CCMA y tratar de reducirle la deuda.
Ahora bien, aplicando un pago doble que hizo allá lejos y en el tiempo (2006) a un pucho adeudado de este 2023, el saldo remanente de intereses termina figurando condonado "Intereses Condonados Ley Nro. 27562".
Entiendo que tal condonación de intereses no obsta a la adhesión de la nueva moratoria ¿Estoy en lo correcto?
Soy medio paranoica, lo confieso.
¡Saludos a todos y muchas gracias!
Tengo un cliente que por pifies de dobles pagos, tiene puchos de deuda en el monotributo y saldos dobles por otros lados. Mi idea es reafectar cuanto sea posible por CCMA y tratar de reducirle la deuda.
Ahora bien, aplicando un pago doble que hizo allá lejos y en el tiempo (2006) a un pucho adeudado de este 2023, el saldo remanente de intereses termina figurando condonado "Intereses Condonados Ley Nro. 27562".
Entiendo que tal condonación de intereses no obsta a la adhesión de la nueva moratoria ¿Estoy en lo correcto?
Soy medio paranoica, lo confieso.
¡Saludos a todos y muchas gracias!