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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1476940  por noelin
 
HOLA A TODOS!!! DESP DE UN TIEMPO VUELVO A ENCONTRARLOS, CON UNA CONSULTA: ENFERMERAS SALUD MENTAL EN CBA. : EL DECRTEO 4257/68 SE APLICA PARA DETERMINAR LAS TAREAS EN PCIA COMO DIFERENCIALES!???? LA LEY PROV. NO LAS MENCIONA COMO TALES. DE AHI MI DUDA....MIL GRACIAS!!!
 #1476948  por lucky
 
Cuidado que no todas las enfermeras están dentro de tareas diferenciales según la ley 24004.
Al margen de esto, ¿Te referís a enfermera de hospital público que aporta a la Caja provincial?
¿O a enfermera que aporta a Nación y quieren hacer un RECO para llevarlo a la Caja?
En el primer caso, creo que no se toma como diferencial porque es un decreto de Nación y, como decís, no está contemplado en la ley provincial.
El segundo caso, hay doctrina que sí lo tienen que aceptar las cajas provinciales.