Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • UCAP y 24476

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1478349  por lex30
 
Hola. Tengo una duda y en las diferentes udai me dicen cosas diferentes.
Sra de 59 años quiere comprar los ucap, tiene algo de aportes y 1 hijo.
Tiene que comprar 24 años por ucap. La cosulta es podria comprar 10 años por la 24476 hasta el 93 y despues ucap? Tengo entendifo que no es compatible solo cuando se tiene la edad, o sea que en esta caso podria. De poder hacerse en el mismo turno hago todo?
 #1478356  por lucky
 
Te dicen cosas distintas porque ni ellos la tienen clara. Y tampoco hay uniformidad de criterios, como en tantas cosas de ANSES (por ej, el SDM).
Compraría primero las UCAP que quiera y dejaría para después la 24476.
 #1478391  por estudio2017
 
Ucap necesarios comprar y luego a los 60 completas por la 24476. Dado que 24476 enviado después de enero 2022 NO es compatible con la 27705.
Hago esta aclaración porque un abogado mediático( que empieza con R de RAMP...) le dice a todo el mundo comprar lo que sea por la 24476 sin tener la edad y todos sabemos bien que eso después no te lo van a considerar.
 #1478392  por Anonymous1
 
Entonces si usa el plan 24476 recién cuando cumpla los 60 tampoco sería compatible con la 27705 porque también sería un plan enviado después del 31 de diciembre de 2021¿O me equivoco?
 #1478396  por estudio2017
 
Si compras UCAP y luego a la edad correspondiente usas la 24476 es compatible
 #1478401  por Anonymous1
 
estudio2017 escribió: Mar, 04 Jun 2024, 19:08 Si compras UCAP y luego a la edad correspondiente usas la 24476 es compatible
¿En que parte del capítulo lll dice que haya que comprar primero las UCAP de la 27705 y luego al cumplir la edad la 24476? Yo interpreto que para los trabajadores en actividad no existe la limitación del 31 de diciembre de 2021
Referencia: Anexo - Proyecto de Resolución ANSES – Reglamentación a la Ley N° 27.705 – “Plan de Pago de
Deuda Previsional” - “Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en
Actividad”
...4. Los mensuales incorporados a través de la “Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y
Trabajadoras en Actividad” serán compatibles con los períodos de aportes que integren la historia laboral de la
persona solicitante, sin importar si los mismos fueron adquiridos mediante otros planes de pagos y/o moratorias,
salvo por las limitaciones normativas propias de los planes de pago y moratorias respectivas
 #1478408  por Graciela 07
 
Buenos días, interesante tema, tambien me planteo estas dudas con los trabajadores activos que necesitan completar aportes.
Pregunte en ANSES la posibilidad de combinar ambas moratorias y la respuesta fue "debería ser posible".
A partir de esto me surgen dudas:
1- si se compran ucaps y se compran periodos con ley 24476 , el sicam queda cerrado:
Que pasa si continua aportando como autonomo o sdm hasta cumplir la edad?en ese momento habría que actualizar el sicam ...si continua vigente la 24476 todo bien PERO si la derogan...como seria?
 #1478409  por estudio2017
 
Anonymous1 escribió: Mar, 04 Jun 2024, 20:23
estudio2017 escribió: Mar, 04 Jun 2024, 19:08 Si compras UCAP y luego a la edad correspondiente usas la 24476 es compatible
¿En que parte del capítulo lll dice que haya que comprar primero las UCAP de la 27705 y luego al cumplir la edad la 24476? Yo interpreto que para los trabajadores en actividad no existe la limitación del 31 de diciembre de 2021
Referencia: Anexo - Proyecto de Resolución ANSES – Reglamentación a la Ley N° 27.705 – “Plan de Pago de
Deuda Previsional” - “Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en
Actividad”
...4. Los mensuales incorporados a través de la “Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y
Trabajadoras en Actividad” serán compatibles con los períodos de aportes que integren la historia laboral de la
persona solicitante, sin importar si los mismos fueron adquiridos mediante otros planes de pagos y/o moratorias,
salvo por las limitaciones normativas propias de los planes de pago y moratorias respectivas
Quizas no se entendio bien. Me refiero a comprar aportes por la ley 24476 antes de tener la edad y que ese plan 24476 sea enviado post 2021. En ese combo no te lo toman.
Otro caso es Si compras UCAP y enviaste el plan 24476 antes del 2022, cuando tengas la edad te toman el plan 24476 sin problemas. Y si aun no llegas a los 30 años, en este caso podrias aplicar 27705.
Son varias posibilidades y recuerden que la ley 24476 no tiene fecha de vencimiento y NO esta dentro de la ley bases.
 #1478412  por Anonymous1
 
¿Y en que se basarían para no tomar ese plan? A ver ,te pongo un ejemplo.Un hombre de 62 años canceló 13 años en Marzo de 2023 (en una sola cuota)por la 24476 y luego compró UCAP por los 27 años restantes vos decís que no le van a aceptar esa combinación de moratorias cuando llegue a la edad jubilatoria dentro de tres años?
 #1478416  por estudio2017
 
En este ultimo caso que mencionas(y en la practica al dia de hoy) te van a hacer dar de baja el plan 24476 y reformularlo al mes de presentacion de la jubilacion
 #1478417  por Anonymous1
 
Igual no puedo entender el fundamento de hacerlo de esa manera es decir tener que dar de baja un plan para volver a reformular el mismo plan!.Lo importante es que ambas moratorias se pueden combinar al menos para el capítulo 3 de la ley 27705 y si es así como vos decís de acuerdo a la información que estás aportando igual habría una solución ya que el costo de tener que pagar de nuevo la 24476 es muy bajo .La única contra sería que derogaran también la 24476 ya que esta gente quiere derogar hasta el aire que respiramos me parece.
 #1478419  por DiegoChaco
 
estudio2017 escribió: Mié, 05 Jun 2024, 09:20
Anonymous1 escribió: Mar, 04 Jun 2024, 20:23
estudio2017 escribió: Mar, 04 Jun 2024, 19:08 Si compras UCAP y luego a la edad correspondiente usas la 24476 es compatible
¿En que parte del capítulo lll dice que haya que comprar primero las UCAP de la 27705 y luego al cumplir la edad la 24476? Yo interpreto que para los trabajadores en actividad no existe la limitación del 31 de diciembre de 2021
Referencia: Anexo - Proyecto de Resolución ANSES – Reglamentación a la Ley N° 27.705 – “Plan de Pago de
Deuda Previsional” - “Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en
Actividad”
...4. Los mensuales incorporados a través de la “Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y
Trabajadoras en Actividad” serán compatibles con los períodos de aportes que integren la historia laboral de la
persona solicitante, sin importar si los mismos fueron adquiridos mediante otros planes de pagos y/o moratorias,
salvo por las limitaciones normativas propias de los planes de pago y moratorias respectivas
Quizas no se entendio bien. Me refiero a comprar aportes por la ley 24476 antes de tener la edad y que ese plan 24476 sea enviado post 2021. En ese combo no te lo toman.
Otro caso es Si compras UCAP y enviaste el plan 24476 antes del 2022, cuando tengas la edad te toman el plan 24476 sin problemas. Y si aun no llegas a los 30 años, en este caso podrias aplicar 27705.
Son varias posibilidades y recuerden que la ley 24476 no tiene fecha de vencimiento y NO esta dentro de la ley bases.

Estas seguro que la ley 24476 no van a derogarla en la Ley de Bases..? sería una gran noticia que siga vigente...
 #1478420  por Anonymous1
 
En la ley bases no se contempla la derogación de la 24476 solo la 27705 pero no sería raro que en algún momento intenten derogarla.
 #1478428  por Graciela 07
 
Anonymous1 escribió: Mar, 04 Jun 2024, 20:23
estudio2017 escribió: Mar, 04 Jun 2024, 19:08 Si compras UCAP y luego a la edad correspondiente usas la 24476 es compatible
¿En que parte del capítulo lll dice que haya que comprar primero las UCAP de la 27705 y luego al cumplir la edad la 24476? Yo interpreto que para los trabajadores en actividad no existe la limitación del 31 de diciembre de 2021
Referencia: Anexo - Proyecto de Resolución ANSES – Reglamentación a la Ley N° 27.705 – “Plan de Pago de
Deuda Previsional” - “Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en
Actividad”
...4. Los mensuales incorporados a través de la “Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y
Trabajadoras en Actividad” serán compatibles con los períodos de aportes que integren la historia laboral de la
persona solicitante, sin importar si los mismos fueron adquiridos mediante otros planes de pagos y/o moratorias,
salvo por las limitaciones normativas propias de los planes de pago y moratorias respectivas
Hola a todos, mañana tenemos turnos con estos casos, veremos que dicen en anses, trataremos de combinar ambas moratorias invocando el capítulo III de la ley 27705.Informare los resultados
 #1478430  por Anonymous1
 
Hola Graciela,va a ser muy importante lo que puedas aportar sobre este tema.Será bienvenida toda información que sirva para esclarecerlo .Hay que tener en cuenta que los próximos años van a haber muchas personas en esta situación.