Buenos días colegas, me viene a ver un posible cliente, dado a que, a raíz de una denuncia realizada por su señora por maltrato verbal, se ordenó el CESE DE LOS ACTOS DE PERTURBACIÓN, la EXCLUSION DE LA VIVIENDA donde habita el grupo familiar, por el plazo de NOVENTA (90) días y la PROHIBICION DE ACERCAMIENTO RECIPROCO a 300 metros también por el plazo por el plazo de NOVENTA (90) días. Dicha medida no implica la privación del contacto paterno-filial.
Se produjo la exclusión del hogar por parte de la policía el día 19 de junio de este año, ante lo cual se dirige a la policía en donde le informan que debe mandar un e-mail al juzgado, lo cual realiza ese mismo día, y ante no tener respuesta alguna lo envía nuevamente el día 24 de junio, ante lo cual el Juzgado manifiesta que se comunicaron con él a través del teléfono que denuncio la señora, de lo cual no hay registro, a fin realizar entrevista en los términos del art. 11 de la Ley 12.569. Por lo cual solamente fue escuchada una parte.
Me manifiesta mi posible cliente que es falsa la denuncia, y me hace escuchar audios en donde la madre y un hermano de la denunciante dicen que no pueden creer la actitud tomada por la señora, dado que dicen que es toda mentira.
Les consulto como debería proceder para desvirtuar la denuncia, ya que está viviendo en un galpón de prestado, sumado al retroceso en cuanto al habla que está sufriendo la nena más chica, que manifiesta que la madre le pega, tienen en común 3 chicos.
Desde ya muchas gracias.
En el caso de no ser posible, podría iniciar el divorcio, y solicitar la subdivisión de la propiedad, quedándose la madre con sus hijos en la casa ya terminada, para el construirse una casa en el terreno del fondo de la propiedad, dado que es un bien de la sociedad conyugal? Desde ya
Se produjo la exclusión del hogar por parte de la policía el día 19 de junio de este año, ante lo cual se dirige a la policía en donde le informan que debe mandar un e-mail al juzgado, lo cual realiza ese mismo día, y ante no tener respuesta alguna lo envía nuevamente el día 24 de junio, ante lo cual el Juzgado manifiesta que se comunicaron con él a través del teléfono que denuncio la señora, de lo cual no hay registro, a fin realizar entrevista en los términos del art. 11 de la Ley 12.569. Por lo cual solamente fue escuchada una parte.
Me manifiesta mi posible cliente que es falsa la denuncia, y me hace escuchar audios en donde la madre y un hermano de la denunciante dicen que no pueden creer la actitud tomada por la señora, dado que dicen que es toda mentira.
Les consulto como debería proceder para desvirtuar la denuncia, ya que está viviendo en un galpón de prestado, sumado al retroceso en cuanto al habla que está sufriendo la nena más chica, que manifiesta que la madre le pega, tienen en común 3 chicos.
Desde ya muchas gracias.
En el caso de no ser posible, podría iniciar el divorcio, y solicitar la subdivisión de la propiedad, quedándose la madre con sus hijos en la casa ya terminada, para el construirse una casa en el terreno del fondo de la propiedad, dado que es un bien de la sociedad conyugal? Desde ya