EVIDENTEMENTE ES UN EMBARGO SOBRE EL RETROACTIVO POR PAGO DE CUOTAS ALIMENTICIAS, DE LO CONTRARIO LA JUBILACION ES INEMBARGABLE
En Argentina, las jubilaciones son inembargables, excepto en los siguientes casos:
Cuando se deben pagar cuotas alimentarias o litisexpensas
Cuando el monto de la jubilación supera el salario mínimo vital y móvil vigente
En el caso de que la jubilación supere el salario mínimo vital y móvil, se puede embargar hasta un 20% del monto.
ENTREGA POR OFICIO
60. — No se ordenarán por oficio, entregas de fondos sino excepcionalmente para el pago periódico de cuotas alimenticias, pensiones o rentas de incapaces y otros casos semejantes. En esos oficios el secretario certificará la firma del beneficiario y el número de su cédula de identidad o libreta de enrolamiento si fuese analfabeto. Cuando careciera de dichos documentos certificará la impresión dígito pulgar derecha.