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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1481037  por Elyse2016
 
Buenos días

Esta señora como mencione tiene aportes desde 06/2022 a 12/2024 realizado por el hijo, cuando me llega el caso le comento que le de de baja inmediatamente ya que no se los van a tomar en virtud de lo que marca la normativa.

Ahora, en ese mismo periodo tiene aportes de otro empleador, no sabría como desglosar esta situación para poder pagar las diferencia de contribución y que sean validos estos periodos

Ambos empleadores aportan por menos de 12 hs

Aguardo sus comenatrios

gracias *flor*
 #1481047  por lucky
 
Conozco casos en que el dador fue el hijo. Nunca se detectó esa situación porque no estaban vinculados por ADP y tenían distinto apellido. Pero evidentemente es un riesgo.
Ahora, si vas a la PREV 11-62 que dice que en este caso queda excluida como relación laboral, tendrías que manifestarlo en observaciones solicitando que no sea considerada.
Al no tenerse en cuenta como relación laboral, tampoco se tendrían en cuenta las contribuciones abonadas. Es como si no hubiese existido.
Tenés que liquidar el SICAM en base a la otra relación.
 #1481048  por Elyse2016
 
Lucky gracias por responder

Es imposible que no se detecte porque se acredito como tareas de cuidado.

Ahora ya que tiene un empleador superpuesto, solicito no se tome en cuenta los aportes realizados por el hijo y pago la diferencia de contribución de acuerdo al aporte de un solo empleador por menos de 12 hs?
Que pensas?

gracias nuevamente *flor*
 #1481049  por lucky
 
Sí, el caso que te cuento es anterior a la vigencia de las tareas de cuidado.

Me parece bien lo que intentás hacer. Quizás alguien pueda aportar algo más.
Pero en estos casos es lógico que si una relación laboral de este tipo queda excluida, tampoco se consideren sus aportes.
De manera que queda la otra relación con sus aportes, debiendo complementar el pago con las diferencias de contribuciones.