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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1482031  por andre18
 
Hola foro, les queria consultar por una Sra. que ya tengo turno para plan de pago de Ucap tiene 59 años y recientemente fallecio el marido, entonces la duda es si existe alguna incompatibilidad en el pago de las Ucaps y la pension ? y tambien le compro aportes con la ley 24.476. Si alguno sabe . Muchas Gracias
 #1482034  por lucky
 
No, no hay incompatibilidad con la pensión.
"Régimen de Incompatibilidades: El acceso a la UCAP resulta incompatible con el goce de toda prestación previsional jubilatoria nacional, provincial o municipal, retiros castrenses y de las fuerzas de seguridad y prestaciones previsionales de regímenes profesionales."

Se habla sólo de prestación jubilatoria. No de pensión.
 #1482035  por MARIO1943
 
AMBAS SON COMPATIBLES, LA UNICA INCOPATIBILIDAD QUE SE PUEDE PRESENTAR ES SI LA PENSION ES SUPERIOR A LA MINIMA,0N ESTE CASO HAY QUE PAGAR LAS UCAPS AL CONTAD0
PERO EN ESTE CASO SI LA PERSONA EMPEZO A PAGAR EN CUOTA LA UCAP Y EN EL TRAYECTO OBTIENE UNA PENSION SUPERIOR A LA MINIMA HAY QUE APLICAR LO SIGUIENTE
No hay obligación de cancelar al contado:
La obtención de una pensión superior a la mínima no obliga a cancelar la deuda UCAP restante de forma inmediata. La persona puede continuar con el plan de cuotas si así lo desea.

En resumen: La elección de si pagar la UCAP al contado o en cuotas, después de obtener una pensión superior a la mínima, depende de la persona y de las opciones que le ofrezca la ley. No hay una obligación de pagar al contado.
 #1482038  por manolo22
 
Buenos días, la UCAP la puede pagar sin ningún problema (ya que no es un plan de cuotas o contado sino que son unidades de cancelación que vas seleccionando según los meses/años que te falten) lo que no puede pagar en cuotas es la 24476 y tenés que pagarla de contado, pero siendo que el valor es sumamente bajo liquídale la boleta de contado.