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  • juicio ejecutivo contestacion de demanda

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 #154607  por verito80
 
Hola:
Les cuento que tengo que contestar una demanda de juicio ejecutivo, el demandado firmo un pagare, cuando solicito un credito, que fue otorgado, pago solo dos cuotas y no pago mas porque se quedo sin trabajo. Puedo presentar los dos comprobantes de pago, como una excepcion de pago parcial? voy a solicitar el beneficio de litigar sin gastos. En realidad es la primera contestacion asi que estoy con un poco de dudas, si tienen algun modelo se los agradezco, y acepto todas sus opiniones al respecto de este caso. Graciassss

 #154613  por Hamurabi
 
 #154669  por LorenaVC
 
verito80 escribió:Hola:
Les cuento que tengo que contestar una demanda de juicio ejecutivo, el demandado firmo un pagare, cuando solicito un credito, que fue otorgado, pago solo dos cuotas y no pago mas porque se quedo sin trabajo. Puedo presentar los dos comprobantes de pago, como una excepcion de pago parcial? voy a solicitar el beneficio de litigar sin gastos. En realidad es la primera contestacion asi que estoy con un poco de dudas, si tienen algun modelo se los agradezco, y acepto todas sus opiniones al respecto de este caso. Graciassss
Si tenes que oponer pago parcial. Fijate si la demanda dice que el documento se presento al cobro?. Sino ahi tambien tenes excepcion
 #155071  por verito80
 
LorenaVC escribió:
verito80 escribió:Hola:
Les cuento que tengo que contestar una demanda de juicio ejecutivo, el demandado firmo un pagare, cuando solicito un credito, que fue otorgado, pago solo dos cuotas y no pago mas porque se quedo sin trabajo. Puedo presentar los dos comprobantes de pago, como una excepcion de pago parcial? voy a solicitar el beneficio de litigar sin gastos. En realidad es la primera contestacion asi que estoy con un poco de dudas, si tienen algun modelo se los agradezco, y acepto todas sus opiniones al respecto de este caso. Graciassss
Si tenes que oponer pago parcial. Fijate si la demanda dice que el documento se presento al cobro?. Sino ahi tambien tenes excepcion
Gracias por contestarme, les comento que el pagaré no se presento al cobro, sino en la demanda dice que luego de reiterados reclamos extrajudiciales, asi que entiendo que por ahi se podría oponer, maxime que hay un pago del día 23/3/07, cuando en la demanda dice que esta en mora desde el 9/3/07. Que opinan?

 #155087  por Sailaw
 
Y como son los recibos?, identifican al pagaré?

 #155152  por verito80
 
Sailaw escribió:Y como son los recibos?, identifican al pagaré?
tienen un nro de cuenta perteneciente al banco, porque el credito era pagadero en cuentas.
 #155180  por LorenaVC
 
verito80 escribió:
LorenaVC escribió:
verito80 escribió:Hola:
Les cuento que tengo que contestar una demanda de juicio ejecutivo, el demandado firmo un pagare, cuando solicito un credito, que fue otorgado, pago solo dos cuotas y no pago mas porque se quedo sin trabajo. Puedo presentar los dos comprobantes de pago, como una excepcion de pago parcial? voy a solicitar el beneficio de litigar sin gastos. En realidad es la primera contestacion asi que estoy con un poco de dudas, si tienen algun modelo se los agradezco, y acepto todas sus opiniones al respecto de este caso. Graciassss
Si tenes que oponer pago parcial. Fijate si la demanda dice que el documento se presento al cobro?. Sino ahi tambien tenes excepcion
Gracias por contestarme, les comento que el pagaré no se presento al cobro, sino en la demanda dice que luego de reiterados reclamos extrajudiciales, asi que entiendo que por ahi se podría oponer, maxime que hay un pago del día 23/3/07, cuando en la demanda dice que esta en mora desde el 9/3/07. Que opinan?
Por el lado de no presentacion al pago venis bien. El tema es que los depositos bancarios no se consideran pagos imputados a pagares.
Tenes que armarte un spich en la contestacion, para poder meterlos. Pedi pericial contable.
Tu cliente firmo un pagare o un convenio con pagare. Te lo consulto, pues de ser asi y no adjunto el convenio, tambien podes hacer un planteo. No recuerdo el art. del decreto de pagare, pero hay un art. que dice que se debe integrar toda la documentacion que se hubiere confeccionado por la emision del documento.

 #155193  por Sailaw
 
Ayer en otro hilo, se dejó mucha jurisprudencia respecto de la posibilidad de excepción en el ejecutivo, cuando se trata de comprobantes de pago de esas caracteristicas, existe un fallo que me llamó la atención, ya que si bien rechaza la excepción, dice que se deberá descontar esos pago en la liquidación final.

Lo que pasa es que en el ejecutivo, de muy estrecho conocimiento congnisitivo, no se puede entrar en prueba como por ejemplo dice Lorena, como ser una pericial contable, las excepciones en el ejecutivo son acotadas, y prospera si el instrumento externo en que se basa la excepción indudablemente está referido al instrumento ejecutivo.

Siempre se puede contar con el remedio del juicio ordinario posterior, pero el mismo, no se puede basar en ninguna de las excepciones del art. 544 del CPCC (Se considera cosa juzgada en el ejecutivo)

 #156091  por LorenaVC
 
Sailaw escribió:Ayer en otro hilo, se dejó mucha jurisprudencia respecto de la posibilidad de excepción en el ejecutivo, cuando se trata de comprobantes de pago de esas caracteristicas, existe un fallo que me llamó la atención, ya que si bien rechaza la excepción, dice que se deberá descontar esos pago en la liquidación final.

Lo que pasa es que en el ejecutivo, de muy estrecho conocimiento congnisitivo, no se puede entrar en prueba como por ejemplo dice Lorena, como ser una pericial contable, las excepciones en el ejecutivo son acotadas, y prospera si el instrumento externo en que se basa la excepción indudablemente está referido al instrumento ejecutivo.

Siempre se puede contar con el remedio del juicio ordinario posterior, pero el mismo, no se puede basar en ninguna de las excepciones del art. 544 del CPCC (Se considera cosa juzgada en el ejecutivo)
Aca en La Plata, cuando el acreedor es Banco, es comun que te den la pericial contable y con eso podes acreeditar pagos imputados con depositos bancarios
Si bien es cierto que por el tipo de proceso, la prueba es muy acotada, ya hace mas de 6 ó 7 años que se esta aceptando este tipo de prueba .

 #156102  por Sailaw
 
Justamente la jurisprudencia rechaza la posibilidad de aceptar boletas de deposito realizadas por el deudor, porque no identifican al instrumento ejecutivo circulatorio, todo lo que no sea de facil identificación y esté relacionado en forma directa al titulo es admitido, de lo que sea necesario una investigación especifica y a fondo, se remite al ordinario posterior.

Así que si se admite en un ejecutivo la posibilidad de pericial contable, se está desvirtuando al juicio ejecutivo. Si en la Pcia es admitido eso, lo desconozco, pero nada me resulta extraño, y perdí mi capacidad de asombro.

 #156105  por LorenaVC
 
Sailaw escribió:Justamente la jurisprudencia rechaza la posibilidad de aceptar boletas de deposito realizadas por el deudor, porque no identifican al instrumento ejecutivo circulatorio, todo lo que no sea de facil identificación y esté relacionado en forma directa al titulo es admitido, de lo que sea necesario una investigación especifica y a fondo, se remite al ordinario posterior.

Así que si se admite en un ejecutivo la posibilidad de pericial contable, se está desvirtuando al juicio ejecutivo. Si en la Pcia es admitido eso, lo desconozco, pero nada me resulta extraño, y perdí mi capacidad de asombro.
Si es muy comun, por el abuso que hubo por parte de los banco. El prestamo se garantiza en un pagare, pero la foma de pago del mismo es mediante depositos en cuentas.
Ningun banco ejecuta con el contrato, sino con el pagare ( a excepcion del banco pcia de bs as) .
Y si, no sabes como te podes sorprender por como se manejan aca! Yo ya no pierdo mi capacidad de asombro!