Buenas tardes, colegas.
Daños y perjuicios , civil, en CABA.
Mi cliente, el demandado, fue mal notificado de la demanda. Planteé nulidad, me la dieron.
Hasta ahi, ok
El tema, que me genera dudas dada mi poca experiencia litigante, es que el juez, al decretar la nulidad de la notificacion, ordenó que se vuelva a notificar pero al domicilio electronico ya constituido (por mí)
Creo que en algunas jurisdicciones se implementó...pero en la justicia nacional civil???
Daños y perjuicios , civil, en CABA.
Mi cliente, el demandado, fue mal notificado de la demanda. Planteé nulidad, me la dieron.
Hasta ahi, ok
El tema, que me genera dudas dada mi poca experiencia litigante, es que el juez, al decretar la nulidad de la notificacion, ordenó que se vuelva a notificar pero al domicilio electronico ya constituido (por mí)
Creo que en algunas jurisdicciones se implementó...pero en la justicia nacional civil???