prev 11-71-23
Improcedencia de adquisición de UPDP en períodos simultáneos con servicios policiales, FFAA, provinciales no transferidos y/o con cotizaciones en Cajas para Profesionales:
En los supuestos en que la persona haya prestado servicios militares en las Fuerzas Armadas o militarizados y policiales cumplidos en las fuerzas de seguridad nacionales o provinciales, se deberá requerir una constancia o certificado del organismo pertinente donde se especifique los periodos prestados en la fuerza, a fin de verificar que no haya simultaneidad con los períodos en que adquiere UPDP.
De igual modo, cuando las personas solicitantes se encuentren afiliadas a Cajas de previsión o seguridad social para profesionales, deberá requerirse la presentación de constancia y/o certificado de la respectiva Caja detallando el período cotizado en ella. También será válida la presentación del certificado extendido por la entidad a cargo de la matrícula profesional (colegio, consejo, etc.) donde surja alta y/o baja de la misma, a fin de determinar el período de cotización por dicha actividad, siendo el mismo considerado como de prestación de servicio, no pudiendo adquirir UPDP en dicho periodo.