Buenas colegas. Inicie un caso por "Determinación de la capacidad jurídica" hace un año de un joven de 18 años con síndrome de down y autismo. La persona a cargo que inicio el proceso es su madre.
Se fijo una audiencia para entrevista con la psicóloga a la que debía asistir el joven y su madre. Fueron acompañados por el padre del joven tmb. Y quién a pesar de no estar "citado" se lo ha hecho ingresar a la audiencia y se le ha hecho preguntas al respecto. La psicóloga interviniente solicito a la madre y a la persona por determinar incapacidad que asistan a terapia. Y que se le proporcionen los medicamentos por los profesionales que en algún momento se le suministraron por su padecimiento. Que se les dejaron de dar. Juntamente, a una actividad recreativa. También asistencia para comenzar a comunicarse. Dado que, la persona en cuestión no sabe hablar y tampoco escribir.
A la par, se dió traslado de tal informe a la defensoría oficial que interviene en el caso. Dando cómo resultado una audiencia pendiente hasta el momento.
A toda ésta situación paso un año. Los padres no fueron a terapia. Tampoco cumplieron ninguno de los requerimientos que describo. Nos manifestaron no querer continuar con el proceso. Dicen que así están bien.
Dos consultas:
1) ¿ Que consecuencias puede acarrear este incumplimiento?
2) Y debido a que no desean continuar, voy a renunciar al patrocinio. Que consecuencias les acarrea a posterior? Los van a intimar mediante cédula?
Se fijo una audiencia para entrevista con la psicóloga a la que debía asistir el joven y su madre. Fueron acompañados por el padre del joven tmb. Y quién a pesar de no estar "citado" se lo ha hecho ingresar a la audiencia y se le ha hecho preguntas al respecto. La psicóloga interviniente solicito a la madre y a la persona por determinar incapacidad que asistan a terapia. Y que se le proporcionen los medicamentos por los profesionales que en algún momento se le suministraron por su padecimiento. Que se les dejaron de dar. Juntamente, a una actividad recreativa. También asistencia para comenzar a comunicarse. Dado que, la persona en cuestión no sabe hablar y tampoco escribir.
A la par, se dió traslado de tal informe a la defensoría oficial que interviene en el caso. Dando cómo resultado una audiencia pendiente hasta el momento.
A toda ésta situación paso un año. Los padres no fueron a terapia. Tampoco cumplieron ninguno de los requerimientos que describo. Nos manifestaron no querer continuar con el proceso. Dicen que así están bien.
Dos consultas:
1) ¿ Que consecuencias puede acarrear este incumplimiento?
2) Y debido a que no desean continuar, voy a renunciar al patrocinio. Que consecuencias les acarrea a posterior? Los van a intimar mediante cédula?
