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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #155760  por javierhs
 
Hola foristas:

Me llegó una clienta a la que despidieron sin causa en agosto del año pasado. El asunto es que estaba embarazada cuando la despidieron, y si bien no había notificado fehacientemente, si lo había hecho verbalmente, y era vox populi en el lugar de trabajo que estaba embarazada.

El asunto es que no envió ninguna intimación hasta el momento, y en virtud del tiempo transcurrido, tampoco sé si corresponde hacerlo.

Aclaro que es en Provincia, así que no hay seclo.

¿cómo arranco?

 #156047  por DAL
 
La despidieron por escrito?????????
Estaba anotada???????'

 #156120  por diegogvillamayor
 
cuantos meses de embarazo tenia? por mas que segun vos sea vox populi no alcanza eso, ya que en un hipotetico juicio nadie que este trabajando en la empresa te va a salir de testigo.
Ademas creo que se aplica el 241, pasaron 9 meses que se rompio la relacion laboral.
No creo que tenga derecho a reclamo alguno.

 #156138  por GU
 
A ver...

Respecto al embarazo, dudosamente prospere un reclamo. Puede, excepcionalmente, cuando no existe la notificacion fehaciente, acreditarse el estado de embarazo.

Creo que a eso apunta la pregunta de DAL respecto a cuantos meses de embarazo tenia. Esto es, si tiene 6 meses de embarazo, y una panza redondisima, no puede desconocerse dicho estado. Aun asi, muchos tribunales son demasiado formales respecto a esto y sin notificacion, no procede la indemnizacion agravada.

Sino le pagaron la indemnizacion por despido, reclama la del art. 178 tambien, por mas que no haya notificado. Independientemente de si prospera o no, te posiciona mejor para negociar un monto de indemnizacion mas alto. Despues, que lo puedas probar o no, es otra etapa.

El 241 no se aplica, hay un despido de por medio.

Salutes

 #156225  por DAL
 
Exacto como lo dice GU.

No olviden que el 178 plantea una PRESUNCIÓN de que el despido obedece al embarazo si se produce en periodo de protección. Si el embarazo es notorio, algunos tribunales lo dan, otros si la empleada es atendida con perdidas en el trabajo, se considera que el empleador se anotició del estado de embarazo ( esto me alegaron a mí!).

 #156243  por diegogvillamayor
 
el 241 se aplica porque no te van a decir que hay despido sino que las partes arreglaron romper la relacion laboral. Ya que si te despiden y mas estando embarazada no esperas 9 meses para iniciar el reclamo.
no podes 9 meses despues que te despiden reclamar. Tengo casos donde he planteado esto y ganado. Hay jurisprudencia con respecto a esto tambien.
Igual que lo plantee si confia en que puede sacar algo. Para mi no va a prosperar.
pero uno nunca sabe.....

 #156813  por javierhs
 
Ante todo, muchas gracias a todos por sus respuestas.

Voy a aclarar un poco el caso, porque creo que no se entendió bien.

La relación laboral estaba correctamente registrada, y se extinguió por un despido sin invocación de causa formalmente notificado.

Se abonó la liquidación final contemplando los rubros de: preaviso, integración del mes de despido, indemnización por antigüedad, vacaciones y sac, etc. Todo en orden y como corresponde.

Ahora, lo que omitió pagar el empleador fue la indemnización agravada del art. 182 (el equivalente a un año de remuneraciones).

Si bien no se realizó la notificación a la que alude el art. 178, considero (ya que es el interés que me toca defender) que lo único de lo que se pierde la trabajadora es de la PRESUNCIÓN IURIS TANTUM de que el despido obedeció a razones de maternidad o embarazo. La ley no impide que ésto sea objeto de prueba.

En éste caso en particular, el despido SI obedeció a causa de embarazo (objetivamente hablando), y el empleador se apuró a despedirla para zafar de la agravada.

En cuanto al tiempo de embarazo, era escaso. Apenas estaba entre 1 mes y 1 mes y 1/2.

Por suerte, tiene compañeros de trabajo (entre ellos una delegada) que siguen trabajando en la empresa y saldrían de testigos a favor suyo, y pueden dar testimonio de que la trabajadora sufría mareos, vómitos, y le comunicó verbalmente a un supervisor que tenía un atraso.

diegogvillamayor, ¿por que decis que "no podes 9 meses después que te despiden reclamar"?

Espero atentamente sus opiniones, y les agradezco mucho su atención.

 #156821  por Selma
 
diegogvillamayor, ¿por que decis que "no podes 9 meses después que te despiden reclamar"?
Si podes hasta 2 años despues del despido reclamar todo lo que creas que tenes derecho a reclamar (es decir por el tiempo de la prescipcion)...
El tema es que puedas probar que el empleador sabia que estaba embarazada...y dependes del criterio del juez que valore la prueba...tene en cuenta que dependés por lo que contás pura y exclusivamente de las testimoniales de empleadas que siguen trabajando...
Valora todas esas circunstancias...

 #156873  por diegogvillamayor
 
Aclaro que lo de los 9 meses, era porque pense que era una relacion laboral en negro. Hay jurisprudencia que dice que pasados los 6 meses si mal no recuerdo (segun la corte) se aplicaria el 241 y se entenderia que ambas partes decidieron finalizar la relacion laboral.
En este caso no sabia que era trabajo registrado.
En cuanto a lo de los empleados, que ahora te digan que van a ser testigos es una cosa y que luego lo sean otra muy diferente, evalua que siguen trabajando ahi.
Yo reclamaria y trataria de arreglar en seclo si tas en capital o provaria en ministerio en provincia ya que al ser trabajo registrado lo homologarian.
Igual creo qeu 2 meses de embarazo no te alcanzarian para probar que era evidente. Por mas que pruebes vomitos y esas cosas (cosa complicada ademas). el supervisor va a negar todo esta de mas aclararlo.

saludos.

 #156974  por javierhs
 
Gracias Selma y Diego por sus respuestas.

Me gustaría volver la atención al asunto de si corresponde o no intimar teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde el despido. Quiero decir, ¿mando telegrama intimando a que abonen la indemnización agravada, o directamente arranco con la demanda laboral?

Sigo esperando opiniones. Muchas gracias a todos.

 #157004  por Selma
 
javierhs escribió:Gracias Selma y Diego por sus respuestas.

Me gustaría volver la atención al asunto de si corresponde o no intimar teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde el despido. Quiero decir, ¿mando telegrama intimando a que abonen la indemnización agravada, o directamente arranco con la demanda laboral?

Sigo esperando opiniones. Muchas gracias a todos.
Coincido totalmente con lo que te aconseja Diego.
La mejor Vía es el Seclo, Ministerio de T. o como se llame en tu pcia...
Pero antes, tal como te hemos dicho verificá que tengas los testigos y que sean firmes...ya que tu reclamo futuro via judicial depende de ellos exclusivamente, y es una prueba muy débil según mi parecer... :?

P.D. Y tene cuidado como haces la denuncia en el Seclo...si fuera un caso mío no haria mención a las únicas armas de prueba que tenés ya que te las podrían anular...

 #157016  por DAL
 
YO siempre intimo, por todos los rubros que quiero reclamar. NO esta mal que intimes a que se abone esa indemnización. Afirmá que esa fue la causa del despido, en la carta, y que en consecuencia intimás se abone la indemnización prevista. Luego si no vas a ninguna instancia conciliatoria ( yo iría aunque no sea obligatoria) viene la demanda.

Te cuento que con los testigos puede pasar cualquier cosa, y aún asi es muy dificil que el juez lo de. PERO es tu caso. Explicale bien a tu cliente y avanti.

 #157147  por Selma
 
DAL escribió:YO siempre intimo, por todos los rubros que quiero reclamar. NO esta mal que intimes a que se abone esa indemnización. Afirmá que esa fue la causa del despido, en la carta, y que en consecuencia intimás se abone la indemnización prevista. Luego si no vas a ninguna instancia conciliatoria ( yo iría aunque no sea obligatoria) viene la demanda.

Te cuento que con los testigos puede pasar cualquier cosa, y aún asi es muy dificil que el juez lo de. PERO es tu caso. Explicale bien a tu cliente y avanti.
Coincido en que no esta mal que intime si lo prefiere...pero a esta altura despues de 9 meses...mandar un telegrama ...en este caso...hummm
Si fuera un caso mió iria directamente al Seclo o como se llame en tu pcia y por ahi con una buena envoltura (que a raiz del embarazo...
nacimiento...estado post parto...como que debido a que no estaba en condiciones recién ahora es que viene a reclamar...no se...me parece que estaría mejor armado...de todos modos esta todo tomado con pinzas ... :? :?
Coincido tambien en que le expliques bien el tema a tu clienta...