Estoy buscando jurisprudencia sobre el siguiente asunto:
Resulta que al momento del despido (23/04/2008) el acuerdo de aumento salarial retroactivo a enero del 8% de UTEDYC aún no se encuentra homologado. La empresa al entregar la liquidación final informó que no iba a abonar ese aumento porque no correspondía por no estar homologado por el Ministerio de Trabajo.
Desde mi humilde punto de vista considero que a partir de que el acuerdo esté homologado, como es retroactivo a meses efectivamente trabajados, corresponde que sea abonado y que se aplique a la liquidación final. No sé si alguien me puede ayudar con jurisprudencia que avale mi punto de vista les estaría muy agradecida. DESDE YA MUCHAS GRACIAS.
Resulta que al momento del despido (23/04/2008) el acuerdo de aumento salarial retroactivo a enero del 8% de UTEDYC aún no se encuentra homologado. La empresa al entregar la liquidación final informó que no iba a abonar ese aumento porque no correspondía por no estar homologado por el Ministerio de Trabajo.
Desde mi humilde punto de vista considero que a partir de que el acuerdo esté homologado, como es retroactivo a meses efectivamente trabajados, corresponde que sea abonado y que se aplique a la liquidación final. No sé si alguien me puede ayudar con jurisprudencia que avale mi punto de vista les estaría muy agradecida. DESDE YA MUCHAS GRACIAS.