En mi jurisdicción no hay periodo de gracia para la prescripción. Presentala el viernes. Fijate si luego podés ampliarla un poco y hacés algo básico (creo que en casi todos lados se puede adecuar antes de trabar la litis)
Acá en Pcia. de Buenos Aires la demanda planteada en el plazo de gracia del art. 124 del CPCC es válido para interrumpir el curso de la prescripción y, como bién dice Corina, desde hace poco son las 4 primeras horas.