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  • circular 61/06

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #9780  por ramon
 
alguien sabe algo de esta circular la podrian pasr al foro si la tienen.
 #9790  por Dana
 
Hola, no se si es esta la que te hace falta:
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Buenos Aires, 17 de Octubre de 2006.- CIRCULAR GP Nº 61/06 JUBILACIÓN AUTOMÁTICA AUTÓNOMOS PROCEDIMIENTO DE EXCEPCIÓN DDJJ ARTÍCULO 38 DE LA LEY 24.241 Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta Administración Nacional,que de acuerdo a las dificultades planteadas por la Gerencia Prestaciones en relación a las solicitudes ingresadas y rechazadas por el portal Institucional con causa “ SIN DERECHO” por la NO inclusión en el SICAM de la Declaración Jurada de Servicios contemplada en el artículo 38 de la Ley 24.241 y lo consensuado en la reunión del 24 de agosto de 2006 celebrada entre las Gerencias Sistemas, Control,Prestaciones, Normatización de Prestaciones y Servicios, deberá procederse como a continuación se detalla: a) Tramite en UDAI de Solicitudes rechazadas ingresadas por la web - DDJJ ART. 38 LEY 24241 - Relación de Dependencia 1. Se presenta el solicitante en la UDAI, cumplimenta el formulario PS 6.280 “Declaración Jurada Complementaria Servicios en Relación de Dependencia”que se encuentra disponible en la pagina web. 2. Da de alta a través de Sistema de Gestión de Trámites, la siguiente actuación:• ACT. DDJJ. ART. 38 - Rechazos JAAP , bajo el tipo de trámite “700”. 3. Adjunta a la actuación el formulario“ Declaración Jurada Complementaria Servicios en Relación de Dependencia” cumplimentado y los deriva diariamente a la Gerencia Unidad Central de Apoyo - Código de Oficina 14010030 (Reversión Trámites JAAP), para su tratamiento. Gerencia Unidad Central de Apoyo 4. Recibe la actuación, ingresa en el aplicativo “SICA ”, carga Tipo de Trámite yCUIL, la pantalla mostrará los servicios registrados en SICA originalmente, yque generaron el rechazo a la prestación bajo el código 233 “No informo DDJJ.” 5. El aplicativo permite cargar solamente los periodos de Art. 38 en relación de dependencia controlando que los mismos ocurran entre el 1º de Junio de1946 y el 31 de diciembre de 1968 y que a la fecha indicada en el “desde” se verifique que la persona tenga 18 o más años de edad. Al mismo tiempo se controla que si existe más de un período informado por DDJJ los mismos no se superpongan.
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Si no había consignado servicios por declaración jurada, se podrán adicionarbajo el Tipo de Servicio 003. 7. Si había consignado servicios por declaración jurada “ Artículo 38” le serán rechazados emitiendo el siguiente mensaje “Ya tiene declarado Art. 38 enSICAM”. 8. Con la información cargada por el aplicativo “SICA ” la Gerencia de Sistemasy Telecomunicaciones procesa nuevamente la solicitud, y si: 8.1. cumple con los requisitos, cambia el estado de la Solicitud a “Ingreso on line DDJJ Art. 38”.y continúa con el proceso hasta su liquidación ypuesta al pago. 8.2. no cumple con los requisitos rechaza la solicitud. b) Trámite a través del portal www.anses.gov.ar, cuya Liquidación SICAM se haya realizado hasta el 30/09/2006, inclusive1. El solicitante ingresa al sitio oficial de ANSES. 2. Accederá a una primer pantalla explicativa donde visualizará el siguiente mensaje: Si Ud. desempeñó servicios en relación de dependencia y quiere hacer valer elarticulo 38 de la ley 24.241, siempre que en su SICAM no los haya declarado y el mismo hubiese sido formulado con fecha limite al 30/09/2006, los podrá ingresarpor esta vía. 3. Habilita una nueva pantalla donde cargará el periodo desde /hasta en que ha desempeñado servicios en relación de dependencia.
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Nota: Pantalla desactualizada. Donde dice 31/08/2006 debe decir 30/09/2006. 4. Los datos cargados serán impactados en SICA, para establecer el derecho enbase a dicha información más la recibida por SICAM y si: 4.1. Registra informado el máximo de artículo 38 en el SICAM, la información será rechazada y visualizará el siguiente mensaje “Ya tiene declaradoArt. 38 en SICAM”. 4.2. No registra informado artículo 38 en el SICAM, cumple con los requisitos, identifica la solicitud como “Ingreso WEB DDJJ Art. 38” y continua con el proceso hasta su liquidación y puesta al pago. . 4.3. Si registra informado artículo 38 en el SICAM, no cumple con losrequisitos rechaza la solicitud mostrando el siguiente mensaje- “No cumple con los requisitos de edad y /o servicios para obtenerderecho.”4.4. Si con los servicios declarados en SICAM más la DDJJ por Art. 38 ingresada en la web, no cumple con los requisitos para obtener derecho,rechaza la solicitud mostrando el siguiente mensaje- “No cumple conlos requisitos de edad y /o servicios para obtener derecho.”