Hola Paz, Laurachappe y Charlie!!!
Paz: Te comento que el mio lo inicié en Diciembre del año pasado, se abrió a prueba en Marzo y ya estamos por ls ultimas audiencias de los testigos de la demandada. Por mi forma de ser, trato de hablar siempre con los chicos de mesa, la persona que despacha y si se puede con el Juez..., por eso ellos mismos me "anticiparon" como iba a terminar el litigio y quieren que lleguemos un acuerdo (así de paso se sacan un expediente de encima), pero lo que ofrecemos la demandada no lo acepta (ofrecemos un plazo de prudencial de 3 meses para que desaloje el inmueble) mientras que su letrado pide un "resarcimiento" por los 30 años de convivencia, cosa que nosotros no aceptamos y le dijimos que en todo caso eso lo discutiremos en otro juicio, pero NO en este.
Cualquier cosa preguntame no hay drama.
Laurachappe: Voy a tener en cuenta lo que dijiste acerca del desconocimiento que puedo legar a tener acerca del derecho que puede invocar el concubino. Te cuento que en el escrito de inicio adjuntamos Boleto de Compraventa y la demandada al contestar reconoció expresamente el derecho que le asiste a mi cliente. Por eso mis dudas con respecto al mandamiento de constatación..., pero igual está muy bueno lo que comentaste..., no vaya a ser que un dia me toque un caso similar al tuyo y no sepa que hacer. Ahora estoy prevenido. Muchas Gracias.
Por otro lado, como recién empiezo en esta hermosa profesión, más allá de lo teórico, todavia no pude comprobar la diferencia que radica entre un proceso Sumario y uno Ordinario en cuanto a extensión del mismo, asi que otra vez gracias por tu aporte.
Charlie: Que decirte a vos..., de donde sacas todo ese material??? es excelente. Muchas Gracias por el nuevo aporte.
Saludos a todos!!!