Estimados foristas:
Tengo un auto que ordena librar mandamiento de posesión ley 22.172 en un juicio laboral en capital. Es para que un comprador en una subasta de inmueble tome posesión y después pueda escriturar el bien que adquirió. El inmueble es en Vicente Lòpez . Pcia de Bs As, jurisdicción de San Isidro. ¿Me basta con hacer el mandamiento o necesito también un oficio ley 22.172?, ¿y después como lo diligencio en San Isidro? Si alguien tiene un modelo se los voy a agradecer. Gracias
Tengo un auto que ordena librar mandamiento de posesión ley 22.172 en un juicio laboral en capital. Es para que un comprador en una subasta de inmueble tome posesión y después pueda escriturar el bien que adquirió. El inmueble es en Vicente Lòpez . Pcia de Bs As, jurisdicción de San Isidro. ¿Me basta con hacer el mandamiento o necesito también un oficio ley 22.172?, ¿y después como lo diligencio en San Isidro? Si alguien tiene un modelo se los voy a agradecer. Gracias