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  • TESTIGOS --AUDIENCIA- MUCHAS DUDAS.....??ESTA BIEN??

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 #161210  por Manyapapele
 
QUE SUCEDE SI EL LETRADO O LOS LETRADOS PATROCINANTES D E ALGUNA DE LAS PARTES NO ESTAN PRESENTES EN LAS TESTIMONIALES.
SIRVE IGUAL LA DECLARACION DE LOS TESTIGOS DE LAS DOS PARTES..? :oops:
ES NECESARIO ESTAR EN LA AIUDEINCIA?
:oops: PARA QUE?? ESCUCHO ALGUIEN Q HAYA TENIDO AUDIENCIAS CON TESTIGOS POR FAVOR!!

 #161304  por DAL
 
Vital!!!!!!!!!!!!! vital!!!!!!!!!!!!

Tenes que hacer preguntas a los testigos, hacerlos pisar el palito, defender o hacer una tacha.
Vital!!!!!!!!!!!!!

 #161313  por GU
 
La declaracion testimonial es igualmente valida si estan o no los letrados.

Es cierto lo que dice DAL, estar presente en la testimonial es Vital.

Si un boga no va a las testimoniales, dudosamente este haciendo bien su laburo, ya que por mas que haya dejado un cuestionario para que se realice al testigo, muchas veces hay que adaptar el mismo (o directamente eliminarlo) de acuerdo a como viene la declaracion del testigo.

Cuando se va por la demandada, lo mismo. La presencia del boga es realmente intimidatoria, e inhibe al testigo de declarar todo lo que le pidio el abogado de la actora si fue inducido a declarar "otras realidades".

Pero te repito, la declaracion es 100% valida sin los abogados.

Salutes.

 #161620  por Manyapapele
 
DAL escribió:Vital!!!!!!!!!!!!! vital!!!!!!!!!!!!

Tenes que hacer preguntas a los testigos, hacerlos pisar el palito, defender o hacer una tacha.
Vital!!!!!!!!!!!!!
el que toma la audeincia va tomando nota de todo.... escribe..?
entonces el que marca para donde ir preguntando por lo que veo es el audeincista.
mas alla del centro del mehoyo que se quiere probar o refutar.
que es hacer una tacha dal?
gracias a todos!!!!!
otra pregunta yo puse 5 testigos hacen falta que todos declaren, o con dos q declaren bien esta bien probado??
gracias.-
otra la notificacion las hace el juzgado a los testigos para que vengan a declarar? aunque sean de ponele.. san fernando los testigos y el expediente tramita en capital?
:roll: :roll:

 #161647  por evasusana
 
en general a los testigos domiciliados en capital los notifica el Juzgado y si es en provincia a veces tambien . Esto depende mucho de cada juzgado porque algunos si es provincia mandan ellos un telegrama o te hacen ellos la cedula para que vos la diligencies Tenes que ir al Juzgado y preguntar como se manejan ellos :Despues de la declaracion de los testigos tenes tres dias para impugnar la declaracion ( en caso que hayan incurrido en contradiccion , falso testimonio etc )Saludos Eva

 #161901  por Manyapapele
 
evasusana escribió:en general a los testigos domiciliados en capital los notifica el Juzgado y si es en provincia a veces tambien . Esto depende mucho de cada juzgado porque algunos si es provincia mandan ellos un telegrama o te hacen ellos la cedula para que vos la diligencies Tenes que ir al Juzgado y preguntar como se manejan ellos :Despues de la declaracion de los testigos tenes tres dias para impugnar la declaracion ( en caso que hayan incurrido en contradiccion , falso testimonio etc )Saludos Eva
ok si dice que los de extraña jurisdicion seran notificados de acuerdo al art 50. , telegrana entiendo.

ok seria como una especie de opinion sobre lo que dijo el testigo y marcar las contradicciones al juzgado no?

falso testimonio te referis a solicitar se saquen acta a fin de realizar denuncia penal por falso testimonio? gracias.-