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  • Registración de empleados. Quí© pasa con el perí­odo anterior?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #163658  por Martin Vasquez
 
Hola a todos!!
Quería acercar una inquietud para escuchar sus entendidas opiniones.
Fui consultado por un comerciante de un negocio de servicios (peluquería), donde tiene varios empleados no registrados, pero con intenciones de ajustarse a derecho e inscribirlos.
La pregunta concreta es que buena alternativa se puede encontrar para evitar en el futuro reclamos de los trabajadores por ese período en que estuvieron en negro???
Desde ya muchas gracias y espero alguna recomendación ya que de momento estoy falto de buenas ideas

 #163847  por Rafaela
 
No se ve fácil.... Aparte de la registración a partir de una fecha X, sólo se me ocurre hacer que el empleado firme un contrato "a prueba" -no tengo claro si es viable en el rubro de los peluqueros-, donde después de los primeros 3 meses quede efectivo..... O sea, me parece que no hay manera de "evitar" que el empleado eventualmente reclame por tiempo no registrado, sólo se puede hacer las cosas lo mejor posible para que se le complique al máximo demostrar que estuvo por más tiempo. .... No es mucho, pero no se me ocurre otra cosa....

 #163871  por Martin Vasquez
 
Muchas gracias Rafaela por las ideas, las voy a tener muy en cuenta.
De todas formas me surgen nuevos interrogantes:
1) Los contratos "a prueba" no tienen que ser inscriptos en la AFIP también?? (ya averigué que los empleados pertenecen al gremio de empleados de comercio)
2) Se puede inscribir un trabajador denunciando que trabaja desde hace X tiempo?

La verdad es que es sumamente apreciable que haya colegas tan bien predispuestos a brindar colaboración a nóveles abogados -como es mi caso-

 #163943  por DAL
 
Yo te diría que hagas que los empleados intimen por la 24013, denunciando una fecha de ingreso y remuneracion previamente acordada con la empleadora, no muy lejos atras. Asi regularizas a los periodos y se cierra el reclamo ya que solo pueden intimar una vez, luego no, salvo por nuevos pagos en negro. Pero la cuestion vieja se cierra. Ahi me parece prudente pagar la antiguedad que se cierra ya que luego no la van a cobrar, aunque como no es valido esto, pueden hacerlo sin acuerdo ni nada, solo como muestra de buena voluntad del empleador. Y esto si es que no le conviene regularizar con la relación con los datos reales. Hay que sacar cuentas ya que a veces conviene volcar la pura verdad, que nos evita muchos males.

 #164115  por Rafaela
 
Esa es muy buena DAL!.... Rayos!!!! No aceptás un intercambio de cerebro por 24 hs.???? ja ja!!!! Mejor, no, a ver si quedás traumada con el mío!!!! Saludos.

 #164137  por DAL
 
jajajajaja!!!!!!!!!
 #164256  por Laureano
 
Coincido con DAL como estrategia a seguir. Muy ingenioso, pero se debe tener en cuenta que mas alla de lo que formalmente exista o hagan existir, lo que vale es la realidad, y si el dia de mañana ellos se "retoban" y quieren "hacer daño", con testigos pueden hacer caer su propia declaracion (incluso pese a la teoria de los actos propios, alegando coaccion). Pero dadas las circunstancias, reitero que coincido enteramente con DAL. Laureano
 #164258  por Laureano
 
Me falto agregar que en realidad, la unica forma de no correr mas riesgos (y ni asi en realidad, si nos remitimos a lo que pasa todos los dias...), es blanquear por la realidad de los hechos. Pero reitero, buena la de DAL. Laureano

 #164398  por DAL
 
Por supuesto que la mejor forma, como siempre, es la verdad!!! Chicos que no les quepan dudas de esto!!!! es lo que más nos protege de todos los frentes posibles. Pero siempre hay mil y una situaciones (el empleador no puede, la gente sinceramente es buena onda y no le preocupa). MI sugerencia por más ingeniosa que parezca es una truchada, realmente, y solo sirve si hay muy buena onda, y además . . . . puede fallar! pero es una segunda opción, si hacer las cosas bien no esta a nuestro alcance.

 #164624  por Gineta
 
Martin Vasquez escribió:Muchas gracias Rafaela por las ideas, las voy a tener muy en cuenta.
De todas formas me surgen nuevos interrogantes:
1) Los contratos "a prueba" no tienen que ser inscriptos en la AFIP también?? (ya averigué que los empleados pertenecen al gremio de empleados de comercio)
2) Se puede inscribir un trabajador denunciando que trabaja desde hace X tiempo?

La verdad es que es sumamente apreciable que haya colegas tan bien predispuestos a brindar colaboración a nóveles abogados -como es mi caso-
OJO!!!!! Si el comercio es una peluquería no pertenecen a Comercio.... PERTENECEN AL CCT 467/2006 PELUQUEROS... TIENEN CONVENIO PROPIO
Ahora si pretenden asesorar a empresas, como es esta peluquería, sean más pícaros... porque si le hacés pagar a tu cliente todo lo que tuvo en negro... se funde... cierra y se quedan todos sin laburo...
Ofrecele a los trabajadores un acuerdo interesante sin retrotraer hacia atrás la registración por la relación en negro... el riesgo ya lo corre desde que los contrató en negro... tienen que blanquear de ahora en adelante y tener esa fecha como cierta en toda discusión... de lo contrario después vas a tener que lidiar con una quiebra... Como abogada tenés que ofrecerle a tu cliente que regularice la situación sin que pierda el negocio...

 #165036  por Martin Vasquez
 
Buenisimo por todas las ideas que tiraron. Honestamente no pensé que encontraría tantas voces opinando. Gracias!!!
Voy a sacar números a ver hasta donde puede pagar mi cliente para registrar los empleados con TODA LA VERDAD.

En caso de que no le den los números (que es lo más probable por su baja rentabilidad y la antiguedad de casi dos años de algunas de las empleadas), cómo se podría llegar a un acuerdo con las empleadas que ponga fin a ese período en negro dentro del marco legal?
Es posible hacer la mediación en el Ministerio de Trabajo que ponga fin a ese asunto y después registrarlas sin problema? cuales serían los pasos?

Nuevamente: mil gracias!!
 #165047  por Laureano
 
Lo que no podes hacer es ir al Ministerio y decir que los trabajadores estaban en negro pero que aceptan renunciar a un periodo determinado. Los funcionarios del ministerio en caso de tomar conocimiento de una situacion de incorrecta registracion tienen la obligacion de denunciarla (al menos en la teoria). Si vas a conciliar nunca manifiestes o reconozcas que hubo relacion en negro. Negocia antes y que quede "a la vista" solo el eventual periodo en blanco. Saludos. Laureano

 #165091  por CAROLINA DOCTOROVICH
 
hola: yo adhiero a la idea de blanquear desde ahora u haría que los empleados manden telegrama de renuncia y recibos de pago de los anteriores períodos(pidanlo luego de inscribirlo porque sino el empleado puede desconfiar y recurrirá a un abogado y se pincha todo). De última se puede ofrecer una suma pequeña como para compensar la antigüedad. y luego dejar pasar el tiempo, no te olvides del plazo bianual para reclamar los rubros con lo cual a medida que pasa el tiempo, se achica el lapso por el que puede reclamar. Por último, lo mas gravoso que tiene la 24013 por haber estado en negro, queda supeditado a la NO inscripción dentro de los 30 días de intimación, con lo cual, cumpliendo con la registración, no se aplican los art. 8, 9 y 10, solo el 15 si es que dentro de los 2 años de la intimación lo despide. Espero que te sirva. Saludos

 #166513  por Gineta
 
Martin Vasquez escribió:Buenisimo por todas las ideas que tiraron. Honestamente no pensé que encontraría tantas voces opinando. Gracias!!!
Voy a sacar números a ver hasta donde puede pagar mi cliente para registrar los empleados con TODA LA VERDAD.

En caso de que no le den los números (que es lo más probable por su baja rentabilidad y la antiguedad de casi dos años de algunas de las empleadas), cómo se podría llegar a un acuerdo con las empleadas que ponga fin a ese período en negro dentro del marco legal?
Es posible hacer la mediación en el Ministerio de Trabajo que ponga fin a ese asunto y después registrarlas sin problema? cuales serían los pasos?

Nuevamente: mil gracias!!
Martín... te conviene blanquerarlos de ahora en adelante...
No tenés que indemnizarle la antigüedad... estás confundiendo institutos... si reconocés la antigüedad y los inscribís retroactivamente la afip va a ejecutar con intereses los aportes no abonados por el período en negro, el sindicato va a reclamar sus aportes... en definitiva mandás a tu cliente a la quiebra... más si decís que no tiene mucha rentabilidad...
Con los trabajadores mayormente no se presentan problemas... si les dicen que los blanquean no van a tener inconveniente alguno, al contrario... y aquél que cause drama es mejor que siga su camino en otro trabajo.
IMPORTANTE: El CCT de peluqueros establece un régimen de registración completamente diferente a la LCT... estudialo bien y chequeá con un contador los pasos a seguir, ya que existe remuneración mínima, comisiones mínimas y libros obligatorios que no son los de la LCT!!!!!!!!!

 #166640  por camo
 
Coincido con Gineta, no hay mucho por hacer, registrarlos de ahora en adelante. Es impagable el retroactivo por la antiguedad y no sirve de nada, y si haces los cálculos correspondientes, siempre es más barato un juicio (arreglo e inclusive sentencia) que ir a confesar con la AFIP. Asimismo te comento que si bien parecen gravosas la multas de la LNE, sigue siendo más barato que el reconocimiento de antiguedad. Por otro lado tene en cuenta que cualquiera de las ideas que te tiraron respecto de acuerdos, renuncias, etc. en un juicio se te cae a pedazos si te prueban la continuidad laboral y por imperio de la LCT (orden público, primacia de la realidad, irrenunciabilidad de derechos por parte del trabajador) ya le hiciste la prueba a la contraparte. De última de todos los empleados que existan en el negocio sólo llegará a juicio -hipoteticamente- un porcentaje muy bajo, por lo que seguira siendo más económico. Por otro lado el empresario el dinero que se ahorra ahora por no reconocer la antiguedad, no lo va a guardar en una cajita de seguridad, lo más propio es que lo reinvierta para generar mayor rentabilidad, y con el resultado de esa reinversión te aseguro que le va a sobrar dinero para afrontar los eventuales juicios. Saludos.