Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • consulta URGENTE sobre aportes al fondo de desempleO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #164594  por susuqui
 
hola a todos, y en especial a aquellos que me puedan brindar una ayuda que es super importante.
quien me puede aportar datos acerca de los aportes del fondo de desempleo, necesito saber qué pasa cuando el empleador no ha hecho los aportes en término, cuándo prescriben, dónde constan, y por último como los reclamo. gracias. Si les parece excesivo lo que pregunto por favor contestenme de a uno aunque más no sea.
gracias nuevamente

 #164761  por mariaana
 
Te cuento que tuve un caso similar hace poco y estuve dando vueltas entre la empresa, anses. Ministerio de Trabajo, etc. y nadie sabe mucho del tema. Mi cte consiguió otra trabajo ráapido asi que no seguí investigando, pero los partes tienen que constar en Anses. Así que yo arrancaría por ahí. Fijate si no tiene los aportes el motivo de esa situación porque, por lo que pude averiguar, hay entidades que están exentas del pago de los aportes al fondo nacional de empleo y por ende los empleados no pueden cobrar el fondo (Super injusto!!). También hay casos excluidos por la ley 24013.
En caso de que deban hacer los aportes y no los hayan hecho yo mandaría telgrama a la empresa para que los haga bajo apercibimiento de daños y perjuicios por el no pago del seguro.
Igual te digo hablé con abogados con muuucha experiencia y a nadie se le ocurría mucho que hacer!
 #164789  por susuqui
 
te agradezco mucho tu comentario sobre el tema, la verdad es que yo me he metido en cuanta pagina pudiera serme util, y nada, no creo que en este caso este operando la excepcion porque se trata de una empresa de construcciones que simplemente tenia la "modalidad" de retener la libreta del fondo de cese laboral, asi que el empleado nunca desde el año 2003 pudo cobrar. veré que puedo hacer. pero igual muchas gracias

 #164794  por mariaana
 
Los trabajadores comprendidos en el Régimen Nacional de la Industria de la Construcción tienen un régimen distinto. Fijáte el art. 112 de la ley 24013. Tendrías que averiguar bien como es el mismo.