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  • PREGUNTA SOBRE UN RUBRO DE LA LIQUIDACION

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #164776  por yannigs
 
Estimados:
En la liquidacion de la demanda puse lasmultas de la 24.013 porque procede de acuerdo a mi entender (escaso!) ya que tratandose de un despido indirecto hice la intimacion previa.
La duda es, y si el juez no lo entiende así y considera que el distrato ya se había producido? entonces tengo que poner como un rubro subsidiario las multas de la 25.323? porque si no las pido ahora las pierdo? No caigo en plus petition?

 #164791  por mariaana
 
Exacto. Tenés que pedir subsidiariamente la multa del art 1 de la ley 25323

 #165165  por yannigs
 
Gracias Mariana!

 #166013  por camo
 
No hay que pedirlo subsidiariamente, de no proceder la 24.013 por cuestiones vigencia de la relación laboral, probadas las irregularidades registrales se aplica de oficio la 25.323.

 #166054  por alesuh
 
Creo que de oficio es bastante riesgoso. Siempre lo pido en forma subsidiaria.-