pregunto: todas las controversias que se originen en un sucesorio entre distintas partes deben si o si tramitarse por via incidental? que pasa si el juez nada dice, se tiene que entender que igualmente tramita por incidente?. ej: se presenta un tipo y solicita la escrituracion de un inmueble del acervo, bazado en que tiene un boleto, el heredero se opone y el juez ordena correr traslado sobre el escrito de la oposicion pero no dice nada mas, solo notifiquese, como se si tramita por incidente o se resuelve en el principal?