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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #165946  por sam1981
 
Les escribo para hacerles la siguiente consulta: en primera instancia de un juicio s/accidente laboral el juez reguló 80.000$ para el actor, 7% para el perito más los intereses. La sentencia fue apelada y el Expediente fue a Cámara de Apelaciones donde se decidió revocar la sentencia inicial, dando por perdido el juicio al actor declarando las costas de ambas instancias, en el orden causado, y las comunes por mitades. Regular honorarios sobre el monto reclamado. (7% para el perito sobre 90.000)

He buscado jurisprudencia y el mismo Artículo 40 de la Ley 18.345 establece que “..los honorarios de los auxiliares de justicia serán exigibles a cualquiera de las partes...”
Mi consulta es la siguiente,
1) Una vez transcurridos los 5 días para que la sentencia quede firme, puedo reclamar el total (7%) de mis honorarios a la firma demandada?, dado que es poco probable poder cobrarle el 3.5% al actor.
2) Si le reclamase el total (7%) de mis honorarios a la firma demandada y se resolviese que ésta sólo me pagase el 3,5% de mis honorarios (la mitad), podría después reclamarle la otra mitad al actor o ya habría perdido la oportunidad por haber reclamado la totalidad a la demandada?.

Gracias.


pd: es un juicio Laboral, y el perito en cuestion es mi pareja! (yo soy abogada)

 #166122  por MORGAN
 
Reclamale el total sin dudas a la demandada -en este caso la empresa-, no te preocupés dejá que la apelen, que hagan lo que quieran no importa. Acá en pcia. de Buenos Aires desde hace poco los peritos deben tener patrocinio letrado.
 #186581  por gpresman
 
Hola , Te cuento que en Tribunales del trabajo en Provincia de Buenos Aires yo le he cobrado a la parte NO OBLIGADA al pago , el 100 % de mis honorarios regulados como perito .

Slds

 #186612  por DAL
 
En mi provincia le pueden cobrar a cualquier parte a pesar de que la ley dice lo contrario ( honorarios peritos en la parte del trabajador debe pagar la provincia. Es mas facil cobrarle a un insolvente!!)
 #192816  por natyf
 
sam1981 escribió:Les escribo para hacerles la siguiente consulta: en primera instancia de un juicio s/accidente laboral el juez reguló 80.000$ para el actor, 7% para el perito más los intereses. La sentencia fue apelada y el Expediente fue a Cámara de Apelaciones donde se decidió revocar la sentencia inicial, dando por perdido el juicio al actor declarando las costas de ambas instancias, en el orden causado, y las comunes por mitades. Regular honorarios sobre el monto reclamado. (7% para el perito sobre 90.000)

He buscado jurisprudencia y el mismo Artículo 40 de la Ley 18.345 establece que “..los honorarios de los auxiliares de justicia serán exigibles a cualquiera de las partes...”
Mi consulta es la siguiente,
1) Una vez transcurridos los 5 días para que la sentencia quede firme, puedo reclamar el total (7%) de mis honorarios a la firma demandada?, dado que es poco probable poder cobrarle el 3.5% al actor.
2) Si le reclamase el total (7%) de mis honorarios a la firma demandada y se resolviese que ésta sólo me pagase el 3,5% de mis honorarios (la mitad), podría después reclamarle la otra mitad al actor o ya habría perdido la oportunidad por haber reclamado la totalidad a la demandada?.

Gracias.


pd: es un juicio Laboral, y el perito en cuestion es mi pareja! (yo soy
abogada)

hola, como ya te dijeron en el caso de honorarios de peritos podes reclamar a cualquiera de las partes, salvo que la parte que no pidio la pericia haya manifestado su desinteres por la misma y que esta no haya sido utilizada en la sentencia por el juez. En los demás casos podes accionar contra el que no es condenado en costas, pero tenes que constituirlo en mora a través de C.D. y despues inicia la ejecución.