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  • Me canse de mi contadora!

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #166782  por Pipi
 
Me canse de mi contadora, y no se si es malo o que, peor ya no confio en ninguno... quisiera saber si alguien sabe como se presentas las declaraciones juradas de ingresoso brutos por inet. Para ver si puedo arreglarmelas solita.
Ademas quiero pasarme a convenio multilateral, y no se porque me atrasa siempre diciendome que no me conviene! Alguien sabe como pasarse?
Gracias!!!!!!!!!

 #166833  por poorlaw
 
Hola Pipi:

Tal vez sirvan estos links (supongo que estás en Provincia):
Presentación DDJJ IIBBA: http://www.arba.gov.ar/Informacion/IBru ... uyente.asp
Convenio Multilateral: http://www.arba.gov.ar/Informacion/Otro ... gba.gov.ar
También (comisión arbitral de CM): http://www.ca.gov.ar/comarb/
Tener en cuenta que en Capital el ejercicio de profesiones liberales, no organizadas en forma de empresa, está exenta de IIBB, lo cual supone una ventaja estar inscripto en Convenio Multilateral (ver el artículo 10 del texto del Convenio del 18-08-77; el texto está en la web de la comisión arbitral).
Antes opinaba que no era una gran ventaja estar en CM, mas que nada por el papeleo de antes, pero ahora que está el aplicativo SIFERE, y que se puede presentar por internet, creo que vale la pena. Lo que es un despiole es la carga de datos de las ddjj.
Lo que ignoro es cómo es la transición de contribuyente local a contribuyente de CM.

Saludos!

 #167223  por jorfelli
 
Pipi, lo que a mi me parece es que si con tu Cra. está todo mal busques otra/o y que sea un Cr. el que te oriente y haga ese trabajo, pues para algo están ¿qué pasaría si de repente los Cr. harían las tareas de los abogados? SERÍA UN CAOS!! "al Cesar lo que es del Cesar.."
Y también pensa que pagarun Cr. es como el seguro del auto.. mientras no pasa nada está todo bien .. PERO SI PASA ALGO!!

 #167248  por poorlaw
 
Hola jorfelli:

Tengo un gran respeto por los profesionales de ciencias económicas. De hecho, tengo un contador que me asesora sobre temas contables. Pero convengamos que la liquidación, confección, presentación y pago de tributos de una persona física (que no tenga estructura de empresa) es una tarea que cualquier contribuyente medianamente instruído puede hacer. No hay muchos misterios para confeccionar un F.931, un F.731, un CM03 o Monotributo, en tanto estés al día con la normativa y las alicuotas. Admito, sí, que hace falta un Contador para preparar la DDJJ de Ganancias, o el CM05 (éste sí es un gran misterio), o la confección de estados contables. Por algo las páginas de los distintos organismos de recaudación tienen acceso a instructivos, ayudas, FAQ y demás para ayudar a bajar y utilizar los distintos aplicativos SIAp. Al fin y al cabo, todo está regulado en normas: leyes, decretos reglamentarios, resoluciones y circulares.

Y si pasa algo... bueno, consultemos al Dr. turiddu! :D

Saludos!

 #168237  por jorfelli
 
poorlaw: ok, como quieras... yo no estoy de acuerdo.. y recordá mantenerte informada..

 #168238  por Pipi
 
Aun no he tomado ninguna decision.. luego les comento...

 #168306  por poorlaw
 
Hola jorfelli:

Aunque no lo creas, sí estoy de acuerdo con vos. Lo que quiero decir es que nosotros, los abogados, podríamos liquidar nuestros impuestos (mientras estemos actualizados con las alicuotas, las normativas y los aplicativos), pero NO los de terceros (ni siquiera los de los parientes y amigos), porque eso sería inmiscuirse en tareas propias de otros profesionales.

Salvando las distancias, es como animarme a revocar y pintar las paredes de mi casa. Pero no me voy a dedicar a hacerlo con casas ajenas, porque no soy un profesional de la construcción.

No es mi intención alentar que colegas se metan a liquidar impuestos de otras personas, porque no corresponde.

Saludos!
 #171794  por FRANSIXTO
 
YO TAMBIEN TENGO QUE INSCRIBIRME A IB. EN EL MONOTRIBUTO YA ME INSCRIBI. TENGO UN PLAZO PARA INSCRIBIRME EN I.B.. PORQUE EN LA PAGINA DE A.R.B.A. QUE PUSO COMO LINK POORLAW DICE QUE HAY 15 DIAS DESDE EL INICIO DE ACTIVIDAD.

 #171802  por FRANSIXTO
 
LA PAGINA DE ARBA DICE QUE HAY QUE BAJAR EL FORMULARIO R-444N. ALGUIEN SABE COMO BAJARLO O LO TIENEN?? YO NO LO PUEDO BAJAR. :shock:

 #172094  por lmhorod
 
el R444 se realiza con el aplicativo tramites, los 15 dias son los de validez del R444.

 #187983  por malae
 
Y no te parece que para mantenerte actualizado con las normas, aplicativos y alícuotas estás utilizando un tiempo que podrías dedicarle a tu propio trabajo?
poorlaw escribió:Hola jorfelli:

Aunque no lo creas, sí estoy de acuerdo con vos. Lo que quiero decir es que nosotros, los abogados, podríamos liquidar nuestros impuestos (mientras estemos actualizados con las alicuotas, las normativas y los aplicativos), pero NO los de terceros (ni siquiera los de los parientes y amigos), porque eso sería inmiscuirse en tareas propias de otros profesionales.

Salvando las distancias, es como animarme a revocar y pintar las paredes de mi casa. Pero no me voy a dedicar a hacerlo con casas ajenas, porque no soy un profesional de la construcción.

No es mi intención alentar que colegas se metan a liquidar impuestos de otras personas, porque no corresponde.

Saludos!

 #188035  por Reynaldo
 
Buenos días. Entro a esta página para tratar de asesorar en materia tributaria. Es como un hobbie para mí. Aclaro que soy contador (no te bannean por decir esto, no?).
Está todo bien si uno quiere auto-liquidarse los impuestos. En realidad, no es complicado. Convenio Multilateral es mucho más sencillo que el aplicativo de Pcia. Bs. As. por ejemplo (aunque la dj anual es un poco más complicada). Internet facilitó muchísimo las cosas. Pero considero que estamos en problemas si ya de entrada no sabés ni cómo inscribirte y no querés recurrir a un profesional. Podrías recurrir a tu agencia y consultar, y dependiendo del humor de la persona que te atienda recibirás las respuestas que necesitás, o un simple "consultale a tu contador".
Sí muchas veces me pongo un poco nervioso cuando consultan sobre asesorar o liquidar impuestos a sus clientes. A veces hacen que me replantee la respuesta cuando un cliente es intimado por algún empleado y yo les digo "asesorate con un abogado"... aunque sigo firme a mis convicciones: zapatero a su zapato.
En fin, si tu contadora no te satisface, te recomiendo que busques otro. Los honorarios no son grandes por liquidarte sólo ingresos brutos. Sí lo son cuando vienen con intimaciones por haber hecho malas (o directamente no hacer) declaraciones. Además, siempre es bueno tener un contador como consultor.
Obviamente, NO estoy siendo objetivo. :wink:

Saludos!

 #200720  por ecma_tributario
 
poorlaw escribió:Hola jorfelli:

Por algo las páginas de los distintos organismos de recaudación tienen acceso a instructivos, ayudas, FAQ y demás para ayudar a bajar y utilizar los distintos aplicativos SIAp. Al fin y al cabo, todo está regulado en normas: leyes, decretos reglamentarios, resoluciones y circulares.
Saludos!
Perdón por el recorte de tu cita pero : Como vas a comparar una tarea profesional con pintar una casa !

No quiero de ninguna manera polemizar, ya que mi participación es más que nada para ver la apreciación jurídica que tienen otros profesionales de la materia con la que a diario trabajo y, si puedo aportar un granito de arena.

Vos crees que lo que publican AFIP y ARBA y el asesoramiento que brindan es suficiente. No de ninguna manera. Publican lo que les conviene y te dicen disparates. Es el zorro cuidando del gallinero.

Te consulto si el ministerio de salud aparte de dictar que las recetas deben ser por genéricos para ahorrar plata comprando cualquier cosa menos una droga también sube a su página un programa para poder automedicarse. Te parecería lógico. Y bueno si me duele la garganta me tomo un antibiótico, no ?

Y si el ministerio de Justicia dice que para falicitar es estado y la operatividad de los juzgados y tribunales publica una página que diga sea usted su propio abogado. El escrito de demanda se lo hacemos nosotros y le sintetizamos las leyes. Que diría tu colegio?

Te mando un saludo y no lo tomes a mal, simplemente es para intentar reflexionar.

 #200796  por poorlaw
 
Hola ecma_tributario:

No lo tomo a mal... es mejor dejar la liquidación de los impuestos a un Contador. Pero el mío está tan tapado de laburo, como todos los contadores... Me hiciste acordar: tengo que llamarlo, todavía no sé si me presento la anual de Convenio (¿venció el 30/6?), que si no lo hizo, lo agarro a trompadas :lol:

Saludos a todos los Contadores Públicos.

PD: aparte, mentí con el asunto del revoque: tengo que construir 22 m² de pared de 30, y no tengo la más mínima idea de cuantos ladrillos, bolsas de cemento, cal y m³ de arena comprar... ya veo que, por no contratar un arquitecto, me van a estafar...

 #200980  por Reynaldo
 
Si sos de CABA, el vencimiento se prorrogó al 31/07.