Hola Chicos.... yo soy estudiante de 4º año...pero en una de esas aclaro el tema.... penalmente la figura será Lesiones Graves o Leves...prima fascie si la niña tuvo lesiones graves, sea como haya sido, el estado intervendrá de oficio y abrirá causa penal...si por ciertas circunstancias esto no se lleva a conocimiento de la autoridad la parte damnificada podrá iniciar la acción al ponerla en conocimiento de la autoridad al igual que en el caso de que la lesión hubiere sido leve, siempre será prerrogativa de la parte iniciar la acción. El sentido de ello es que a priori no se puede asegurar que no haya habido un actor, para ello se abre la IPP pero siempre la figura será sobre Lesión Grave o Leve. El veredicto o sentencia será otra cosa, podrá caber Lesiones graves o leves dolosas o culposas, una cosa es el tipo y otra la figura.
Ahora bien...supongamos que una niña aparece ahogada en la piscina del mismo lugar, sin duda alguna se inicia una acción penal de instancia pública por la gravedad del hecho, pero a priori nadie puede asegurar si la niña se ahogó o la ahogaron.... ¿se entiende el sentido? Aquí en este caso, la madre hace uso de la acción pública de instancia privada, denuncia lesiones como sean leves o graves, pero no indica nada de como fueron los hechos, simplemente que la niña tuvo ciertas lesiones en tal lugar, incoada la acción, el aparato reacciona y tiene la obligación de investigar como fueron los hechos, no cabe dudas que penalmente no existe la RESPONSABILIDAD OBJETIVA, por consiguiente de ser la realidad como la manifestás, será archivada la acción porque no habrá actor de la lesión.
Muchas veces se hace esto para crear cierta presión en el fuero civil.
Espero haya aclarado algo.